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Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

38 respuestas
Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña
Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña
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#31

Re: Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

Las compañías son amiguetes repartiéndose el mismo pastel, no me extraña nada de lo que dices.

Volviendo a lo que dice Lorena "aquel por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado"

Si la culpa era del contrario no debería importar para nada el valor venal, tu como perjudicada deberías ser indemnizada con el valor de un coche de iguales características, osea a valor reposición.

A juicio.

#32

Re: Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

Davidrodi, permíteme dos cuestiones:

1.- Las compañías son "amiguetes"... uf!! pues para ti todos los amigos de este tipo. Existe una gran competencia entre compañías y una enorme rivalidad. Nada más lejos de la realidad el concepto "amiguetes". Eso es como decir que el Madrid y el Barça son amiguetes porque ambos son equipos de futbol.

2.- Creo que os está llevando a error el término empleado en dicho artículo del código civil al hablar de REPARACIÓN. Cuando habla de reparación no está utilizando el termino de reparar los daños físicos del vehículo, sino los DAÑOS ocasionados a su propietario. Por tanto dicho daño queda subsanado cuando le das el 100% del valor del bien destruido, y que en este caso se está dando incluso mayor cantidad.

#33

Re: Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

Buenas tardes

Me vais a permitir una broma y es que vaya a negociar la liquidación Igarcipu ya que creo que tiene los mejores "credenciales".

Saludos

#34

Re: Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

Real Madrid y Barcelona son rivales, pero siguen siendo amiguetes que se reparten el mismo pastel(Derechos TV etc) creo que lo mismo pasa con las compañias y los corredores tenemos la obligación de defender a los clientes.

Y en la segunda cuestión:

En las pólizas de todoriesgo se ponen limitaciones y obviamente al que haya tenido el accidente por su culpa le pagaran a valor venal pero en el caso del perjudicado yo no tengo ninguna duda de que como dice el articulo 1902 "esta obligado a reparar el daño causado" yo no digo que lo repare, yo digo que se compre un coche de segunda mano igual al que tenia (Kilometros y año) y vaya hasta el final al juicio, le acabaran pagando el coche que se compro.

La compañia tiene obligación de resarcir el daño, y reparar tu coche o comprarte uno de iguales caracteristicas nunca seria un enriquecimiento injusto.

#35

Re: Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

Las aseguradoras son "amiguetes" que miran al céntimo cuando toca aflojar la cartera, como cualquiera. ¿O tú vas por ahí pagando a todo el mundo? Que si es así, te quiero como amigo. Ahora, yo voy justito de pasta, ¡eh!

#36

Re: Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

Yo pago a quien tengo que pagar, y a quien le debo 50€ no le digo que le voy a dar solo 30€.

Entiendo que trabajaras para una compañia y cada uno barre para su casa.

#37

Re: Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

En este caso, como evidentemente no es lo mismo el valor del coche que ha quedado en siniestro total al de un vehículo nuevo. No sería posible que te paguen el valor de mercado que tenía el vehículo antes del siniestro y que tu con ese dinero o bien te compres uno de segunda manos de iguales característica so bien lo inviertas en uno nuevo, lo que está claro es que le van a indemnizar y lo que también es lógico es que no le van a pagar un coche nuevo. tenemos que mirar los dos puntos de vista, ni tonto el asegurado, ni tonta la aseguradora...

#38

Re: Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

Creo que en ningún momento he dicho que le van a pagar un coche nuevo, eso seria enriquecimiento injusto del asegurado.

Yo digo que le deben reparar el suyo o abonarle el precio de uno de características similares(año, kilometros).

Yo tengo un coche de 7 años y 20.000km, por culpa de su cliente no tengo ese vehículo su obligación como responsable es reparar mi vehiculo o indemnizarme con una cantidad con la cual yo tenga un vehiculo de similares caracteristicas.

Ahi la compañia pagara lo que debe pagar, no digo que sea tonta ni lista digo que pague lo que le toca.

#39

Re: Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

No digo que lo hayas dicho... Estoy totalmente de acuerdo contigo: o se lo reparan o le pagan uno de similares características.

Lo que yo añadiría sería que también pueden indemnizarlo por el valor de su coche antes del siniestro, y así que decida si se compra otro con parte de ese dinero más un préstamo o si se coge uno de segunda mano.

Saludos.

#40

Re: Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

Debería ser como tu dices, pero seguramente tenga que ir hasta juicio aunque le oferten antes de entrar una indemnización.

Saludos.

#41

Re: Siniestro total de vehiculo por mutua madrileña

Si divagamos por el término "Reparación" podríamos estudiar varias variantes sobre como satisfacer el daño causado a un inocente.
Por ejemplo,como estamos en el caso de un accidente automovilistico, si en vez de ser el coche el damnificado es el conductor, a su vez no causante del accidente, sino perjudicado. Este pierde una oreja, la "reparación", más cercana a restaurar el estado original es volver a implantar la oreja, esto supone unos gastos médicos quirúrgicos, hospitalarios, cuyo valor puede ser fácilmente superior a lo que estima el baremo de compensación de daños en accidentes de circulación para un accidentado por esa pérdida.
¿Cual es el valor de la "reparación" del daño, la que especifica el baremo o la del hospital que realice el injerto, implante o lo que sea necesario para dejarle la oreja original en el estado lo más posible parecido a como la tenía antes del accidente del que es víctima?.
¿Sería justo pagar por implantar esa oreja más de lo que materialmente está valorada su pérdida?. ¿Incurrirían en caso de realizar el implante en enriquecimiento injusto, si hay exceso de valor del gasto al valor de la pérdida total que establece el baremo?.
Puedo seguir cuestionándome cual era la idea del legislador cuando escribió "reparación" del daño cuando si en el caso que expuse antes, en vez de tener dañada una oreja, el damnificado, un hombre de 60 años, pierde una pierna, si el seguro acepta pagar una prótesis de la pierna ¿tendría que establecer una reducción en el precio a pagar por la edad del accidentado?, obviamente, el estado, la calidad, el desgaste y por ello el valor de la pierna de un niño es diferente de la un joven y este de la de un mayor como el del ejemplo que puse.
Igual que en los coches, cuando son nuevos, su valor de reposición es 100% y según pasan los años se reduce al 90, 85,80,75%........ Hacemos igual con el valor de la prótesis, pagamos hasta ese valor o compramos una de ese valor, si la edad del damnificado es elevada puede que sólo de para una de madera y así satisfacemos la "reparación".
No se si esta era la idea del legislador o esto es lo que la sociedad demanda, como he leído aquí bastantes opiniones en este sentido.
Perdonar lo bruto de los ejemplos y más si alguno de los que lo ha leído ha tenido que pasar por un trance parecido, doblo mis disculpas.
El término "reparación" se antoja complicado ¿o es su valoración lo que es complicado?.