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Proteccion pagos desempleo carencia

9 respuestas
Proteccion pagos desempleo carencia
Proteccion pagos desempleo carencia
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#9

Re: Proteccion pagos desempleo carencia

Según indica el texto yo interpreto que, pasados 30 días del efecto de la póliza entra en vigor la garantía de desempleo y que dará prestación a partir de los 30 primeros días de este desempleo, y para mí el desempleo empieza el siguiente día de no recibir prestación salarial de la empresa, ese día será el primero en estar sin cobrar y será el primero que generara el derecho a la prestación por desempleo del inem, que es el requisito que pide la póliza.
Echa cuentas y ten en cuenta esos treinta días seguidos que tienes que tener sin contrato laboral nuevo, para tener derecho a la garantía de desempleo, y supongo que se perderá en el momento de encontrar un contrato laboral antes del máximo de cobertura de la garantía, que no pones cual es.
En resumen que se podrá solicitar la prestación de esta garantía a los 60 días del efecto de la póliza y siempre que lleves más de 30 días seguidos sin contrato laboral.
Y todo esto sin conocer esta cobertura de Pelayo, solo interpretando lo que tu estas poniendo en el post, que al ser un paquete de contratación quizás tenga alguna letra pequeña que por aquí no esta.

#10

Re: Proteccion pagos desempleo carencia

Muchísimas gracias!!!