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Duración máxima 10 años

11 respuestas
Duración máxima 10 años
Duración máxima 10 años
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#1

Duración máxima 10 años

Hola a todos,

Recientemente he tenido una mala experiencia con mi ex-compañía de seguros. Desde el año 2002 al 2012 tuvimos (mi marido figura como tomador) un seguro del hogar firmado con Santa Lucía, tengo que añadir que en esos diez años tuvimos la suerte de no tener necesidad de utilizar el seguro, ya que no tramitamos absolutamente ningún parte o siniestro.

El año pasado debido a unas circunstancias muy concretas se nos hizo necesario tramitar la baja (teníamos otro seguro con MAFRE del que no podíamos librarnos por temas bancarios), pero tras una llamada telefónica en la que omitieron información importante (como que tenía que hacer llegar mi baja por escrito y a través de algún medio certificado) no tuve más remedio que devolver el recibo.

Cual es mi sorpresa cuando al cabo de justo 12 meses me hacen llegar un REQUERIMIENTO a través del juzgado. Creo que no tendremos ningún problema, ya que tras consultar la Ley de Ordenación de Seguros Privados hemos podido comprobar que la duración máxima de un contrato de este tipo es de 10 años, y en este caso en el contrato no figura ninguna prórroga una vez transcurridos los 10 años.

Sin embargo me he quedado muy sorprendida, la verdad es que pensaba que una compañía de seguros como SANTA LUCÍA tendría políticas más elegantes de retención de bajas y fidelización de clientes. Me parece muy llamativo que en este caso prefieran perder un cliente para siempre (añadido a la mala opinión que a partir de ahora tendremos de la compañía)por una cantidad de 300 euros.

#2

Re: Duración máxima 10 años

Pero tu seguro de Hogar no tiene una duración de diez años, es anual renovable y deberías tener constancia de haber solicitado la baja con dos meses de antelación.

#3

Re: Duración máxima 10 años

Entiendo que pagábais el seguro todos los años, si es así, no sería un contrato de diez años, sinó un contrato anual renovable que estaríais ahora en la 10 anualidad.
Si te ha llegado el requerimiento pasado un año creo que lo han hecho fuéra de plazo, si mal no recuerdos son 6 meses para hacerlo, pero me pierdo un poco con estos plazos, si alguien lo sabe seguro que me corrija si estoy equivocado.

Saludos

#4

Re: Duración máxima 10 años

Bueno, puede que esté equivocada, pero según la ley cualquier seguro de daños tiene una duración máxima de 10 años. Esto por supuesto como muchas cosas está sujeto a interpretación, pero me da la sensación de que en este punto la ley deja un resquicio.

En cualquier caso, me parece un abuso, sobre todo porque el requerimiento lo han hecho llegar a cuatro días del vencimiento del contrato...insisto, me parece mala política, si finalmente me veo obligada a pagar lo haré, pero eso no va a evitar que tenga una mala opinión de Santa Lucía como compañía.

#5

Re: Duración máxima 10 años

¿Te refieres al artículo 22 de la sección cuarta de la ley de contrato de seguro?
Si es así yo no interpreto lo que expones, y me extrañaría muchísimo que tu ex aseguradora te realizara un contrato de seguro con esa duración.
Si te refieres a un artículo de la ley de ordenación de seguros privados, que no es lo mismo, y me extrañaría que dijeran nada de duraciones de contratos entre aseguradoras y clientes, di donde está porque son muchas páginas, y soy un poco baguete.

#6

Re: Duración máxima 10 años

Si, eso dice la ley. Ese es otro punto a mi favor.

#7

Re: Duración máxima 10 años

Efectivamente la primera reclamación se tiene que realizar dentro de los seis meses siguientes al vencimiento anual de la póliza, que es el plazo que se tiene que esperar para poder anular una póliza por falta de pago sin petición del tomador, pero con mandar una carta y dar por mala gestión de correos el no recibirla puede ser argumento suficiente, seguramente la carta recibida por nuestra posteadora sea de una empresa de recobros y estos son más serios con los comunicados que realizan, si cobran, cobran, si no cobran seguramente no cobren.

#8

Re: Duración máxima 10 años

Si, perdón Ley de Contrato de Seguro