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Ayuda con un rescate

18 respuestas
Ayuda con un rescate
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#9

Re: Ayuda con un rescate

en principio debería ser un cambio de tomador por fallecimiento, aportando toda la documentación requerida y no debería haber problema con el rescate, pero como dicen los compañeros, vamos a leer las condiciones...

#10

Re: Ayuda con un rescate

Muchas gracias a todos por vuestro interes

El producto es " seguro de vida plan futuro" de Caixa de Cataluña Ascat Vida es el tipico de aportacion inicial y luego aportaciones periodicas mensuales, al fallecimiento que fue en 2007 paralice las aportaciones pero lo deje con la idea de que venciera a su fin, como e comentado al principio ahora nos hace falta y se niegan a conceder el rescare.

En las condiciones particulares el tomador puede rescatar la totalidad transcurrido un año desde la fecha de efecto.

Beneficiario:
El fallecimiento del tomador conlleva la irrevocabilidad del beneficiario establecido.

Entiendo que el beneficiario queda claro que es mi hija pero en ninguna parte pone nada de la posibilidad de rescatar si fallece el tomador.

#11

Re: Ayuda con un rescate

¿en qué fechs se contrató Pedro?

#12

Re: Ayuda con un rescate

Se contrato el 1-4-2005

#13

Re: Ayuda con un rescate

Tienes todos los derechos que tenía el tomador de la póliza (como heredero), por lo tanto puedes rescatarlo. Y si te ponen pegas, que te digan donde dice que no puedes hacerlo.

#14

Re: Ayuda con un rescate

Solicitare por escrito un cambio de tomador como heredero por fallecimiento a ver que me dicen.

#15

Re: Ayuda con un rescate

te dejan paralizar las aportaciones pero no el rescate? Qué listos

Si te ponen pegas, sé más listo que ellos. Diles que quieres reanudar el pago de cuotas pero que necesitas el cambio de tomador para que los recibos vayan a tu nombre y tu banco los atienda (espero que no sea el mismo). Una vez hecho, ya puedes rescatar.

#16

Re: Ayuda con un rescate

Habiendo fallecido el tomador (no asegurado) de una póliza de seguro de vida procede lo siguiente:

- Solicitar a la aseguradora un certificado en el que se indique el valor de la póliza a la fecha del fallecimiento.
- Los herederos del tomador serán los nuevos tomadores, por lo que en la partición de herencia se deberá hacer referencia a la póliza e indicar a que heredero corresponde (o a quienes).
-Liquidar el impuesto de sucesiones.

Una vez aceptada la herencia y liquidado el impuesto la aseguradora deberá proceder al cambio de tomador, poniendo el nuevo o nuevos tomadores. Una vez cambiado el tomador, el nuevo tomador, como dueño de la póliza podrá proceder a rescatar, o a cambiar beneficiario, si quisiera.

Un saludo.