Que Ocaso lo ponga como garantía, no siginifica que lo sea.
Pues según eso mismo la derogación de la regla proporcional tambien sería garantía.
Existen normas de VALORACION DE LOS BIENES y normas de TASACION DE LOS DAÑOS, que no son garantías, tan solo te indican como debes asegurar los bienes y en función de eso tasaremos los daños.
O sea que OCASO está "desinformando" a sus asegurados...
Tanto Ocaso como otras muchas, no saben lo que ponen realmente.
Pero no es que desinformen (no engañan), simplemente desvirtuan el vocabulario tecnico-asegurador, que no es lo mismo.
Buen fin de semana
Yo contrato una garantía llamada "valor a nuevo", el perito tasa los daños y le aplica la garantía "valor a nuevo".
Mis queridos Acrasol y Assandreu, que perdais el tiempo en discutir lo superfluo, pues podeis olvidaros de lo importante.
Yo como no tengo ni idea, acudi a la R.A.E y textualmente pego:
garantía.
(De garante).
1. f. Efecto de afianzar lo estipulado.
2. f. Fianza, prenda.
3. f. Cosa que asegura y protege contra algún riesgo o necesidad.
4. f. Seguridad o certeza que se tiene sobre algo. Lo hizo con la garantía de que no se producirán complicaciones.
5. f. Compromiso temporal del fabricante o vendedor, por el que se obliga a reparar gratuitamente algo vendido en caso de avería.
6. f. Documento que garantiza este compromiso
Sacar vuestras propias conclusiones, puede ser cierto lo que decis ambos ???
Hola a todos
Hace tiempo que os sigo y ahora me decido a opinar.
Creo que la razón la lleva Acrasol, los daños inherentes a la reparacion deben ser tambien asumidos por la aseguradora, como tales o como restauración estetica.
No le veo mas lecturas al asunto.
Estoy de acuerdo pero recuerda que es prioritatio restiutir si es posible antes de aplicar el valor de nuevo.
Hola
Siento ser pesado con el tema, pero incrustado ¿dónde? ¿en la pared? ¿tienes una encimera de azulejos?