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No puedo vender las preferentes de caixa catlunya

42 respuestas
No puedo vender las preferentes de caixa catlunya
No puedo vender las preferentes de caixa catlunya
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#9

Re: No puedo vender las preferentes de caixa catlunya

Petersen, lo único es que mandé por burofax certificado con acuse de recibo UNA ÚNICA ORDEN DE VENTA "al precio del 99% cursada para el mercado interno de la propia entidad, y además debe ser cursada en el mercado del AIAF" "siendo el plazo de ejecución de la misma indefinido".
¿Tendría que ir al banco ahora con dos órdenes distintas, una para el mercado interno y otra para la AIAf, o así valdría?
El paisa, respecto a si la colocación a mi padre fue fraudulenta, se las vendieron en el año 1999, mi padre era un vejete de lo más normal en este país, sin ninguna idea, vamos. No tengo el contrato que mi padre debió haber firmado en su día, y mira que me extraña, porque guardaba todo.
Os digo que me estoy obsesionando. Y gracias

#10

Re: No puedo vender las preferentes de caixa catlunya

A ver .... un solo buró fax con dos órdenes concretas y diferenciadas, con lo cual es correcto, lo importante en mi opinion, es que quede claro que pides dos cosas, luego si es una carta o dos, entiendo que carece de relevancia.

Si eres el heredero, entiendo que puedes solicitar perfectamente una copia de las órdenes cursadas por tu difunto padre, documentación que te puede servir perfectamente en la reclamación, debes verificar si el contrato fue antes o despues del mes de noviembre de 2007, si fue antes no estaría sujeto al desarrollo de la normativa MiFID, si es posterior si, y esto es bastante relevante a la hora de reclamar, antes de la MiFID existía protección al consumidor, pero es con la entrada en vigor de esta normativa de rango Europeo, dónde sea bunda más en dicha protección, obligando a las entidades a ciertos requisitos no establecidos hasta dicha fecha.

#11

Re: No puedo vender las preferentes de caixa catlunya

En cuanto a la colocación fraudulenta (presuntamente) que sugiere “El Paisa” te recomendaría que visitases el foro www.noclip.es , se trata de un foro de afectados por los mal llamados seguros de tipo de interés, cosa que obviamente no tiene nada que ver con tu tema, pero si “rascas” un poco en ello, te lees las sentencias o los modelos de reclamación ahí colgados (joder … menudo trabajo te acabo de encargar) podrás observar que al final tu problema y el de los afectados por los swaps tienen una total exactitud en el planteamiento, observa que se incide mucho en el “error de consentimiento” que es algo que está perfectamente regulado en nuestras leyes, se incide en la colocación de productos a un perfil de cliente no adecuado, cosa que podría haber ocurrido con tu difunto padre (no digo que ocurriese, digo “podría haber ….”), se incide además en la parquedad o falta de información pre contractual, etc., etc ….. ¿Cuál es la diferencia? Pues aparte de que hablamos de productos con fines radicalmente distintos, al final las formas de “encasquetar” podrían ser, repito presuntamente, calcadas.

#12

Re: No puedo vender las preferentes de caixa catlunya

Mi padre las compró en el 99, ya había caído yo en lo la normativa MiDIF. Les pediré el contrato que firmó a ver si encuentro dónde rascar. Hoy por teléfono le han dicho a mi hermano en la sucursal que están colocadas las órdenes en el 99 en los 2 mercados, y bueno, me lo voy a creer porque ya saben que he puesto una reclamación al cliente. Los de la CNMV me han contestado a mi consulta en menos de 24 h., con una respuesta un tanto estandarizada, y de ella no saco nada de provecho con lo que presionar a la Caixa, me dicen entre otras cosas: "A diferencia del mercado bursátil, donde las órdenes se introducen en un sistema centralizado en el que se cruzan electrónicamente de acuerdo con las posiciones de oferta y demanda, el mercado AIAF es un mercado bilateral y descentralizado en el que las partes acuerdan los términos de la operación para que estos se comuniquen posteriormente al mercado, lo que hace que la ejecución de las órdenes no sea automática, sino que requiere de la existencia de una contrapartida adecuada en el mercado". Que si tengo motivos de queja recurra primeramente a atención al cliente y luego si es necesario a ellos. También me han pasado un enlace muy útil para los que quieran buscar todos los datos de las emisiones de sus preferentes (conociendo el NIF de la entidad):
http://www.cnmv.es/Portal/Consultas/DatosEntidad.aspx?nif=A-63876213, me dicen que el contrato de liquidez sigue en vigor.
Así que de momento voy a dejar pasar al menos un par de semanas mientras acumulo información del AIAF, y leo el foro que me recomiendas. Si me doy una alegría, prometo contároslo.

#13

Re: No puedo vender las preferentes de caixa catlunya

"A diferencia del mercado bursátil, donde las órdenes se introducen en un sistema centralizado en el que se cruzan electrónicamente de acuerdo con las posiciones de oferta y demanda, el mercado AIAF es un mercado bilateral y descentralizado en el que las partes acuerdan los términos de la operación para que estos se comuniquen posteriormente al mercado, lo que hace que la ejecución de las órdenes no sea automática, sino que requiere de la existencia de una contrapartida adecuada en el mercado"

Observa la última frase ….. “sino que requiere de la existencia de una contrapartida adecuada en el mercado", ¿Qué es más adecuado en el mercado, una contrapartida al 98 ó 99% una al 100% o una a 100% + cupón corrido? Si, si ya sé que es una interpretación muy generosa por mi parte, pero por algo hay que empezar ¿no crees? Yo, en tu caso que agarraría a esto como un clavo ardiendo ….. ya es algo … porque con independencia de lo puedas ver si crees conveniente atender a mi recomendación del enlace de antes, sobre lo del error de consentimiento, el problema es que lamentablemente tu padre no puede declarar, solo te servirá para indicar que por estudios que pudiera tener, por su experiencia (tipos de inversiones o depósitos realizados con anterioridad, y si nunca tuvo valores ya …., pero esto lo tendrás que “vestir” tu), pero esta frase de un organismo como la CNMV y aún cuando repito es una interpretación generosa en exceso, no es mal comienzo (creo).

#14

Re: No puedo vender las preferentes de caixa catlunya

¿y qué me decís de este extracto del folleto de emisión que menciona la CNMV en la contestación que me da: "Concretamente, en el apartado "2.31.3 Liquidez" del folleto informativo (adjuntamos) establece que "CECA se compromete a ofrecer liquidez. Se obliga a cotizar precios de compra y venta de las Participaciones Preferentes Serie A en los horarios de negociación correspondientes. Los precios cotizados serán vinculantes para órdenes de compra y venta de Participaciones Preferentes Serie A por importe de hasta 10.000 euros diarios, referido al total de los importes de las órdenes de compra y venta cotizados por CECA". El viernes y hoy no ha habido ningún movimiento de estas pp en el AIAF, habiendo órdenes de venta pendientes, ¿no se supone que la CECA tendría que ?

#15

Re: No puedo vender las preferentes de caixa catlunya

Pues mira ..... otro agravio al paquete ....... no, si entre todo no se van a salir con la suya, esto está organizado para gentes que no toquen lo que no suena .... y tú se los estas tocando, solución, pues a mandar al cuerno al toca huevos éste ...... las compran, y que el gallinero siga tranquilo, tu no les interesas y esto puede ser una ventaja.

El pantallazo de hoy, imprímelo para ya mismo, no te olvides......

#16

Re: No puedo vender las preferentes de caixa catlunya

lo más probable es que no encuentres el contrato porque no existe. se las colocarían a través de una simple orden de compra en la que viene "xx titulos caixa cat 4,25% valor nominal 1000" algo tan parco como eso, así es como lo solían hacer hasta hace un par de años y es plenamente reclamable (no hay información, etc.)

Lo que tienes que hacer es: ir al banco y pedir por escrito "toda la documentación referente al perfil de inversor e inversiones y productos financieros contratados por ..." en plazo de quince dias, la presentas en oficina, te quedas con una copia firmada por el apoderado o el director. si es mucho, especifica "productos de inversión"

si no hay orden ni contrato, los tienes cogidos

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