#7481
#7482
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
Creo que se está refiriendo a las AFSE y no a las Obligaciones. Las AFSE son perpetuas y no vencen en 2028. O sea que cuando las quiera vender tendrá que ir a mercado a la cotización de ese momento. Y mientras tanto podrá cobrar los intereses.
Pero no le digas que espere a 2028 porque pensará que en esa fecha cobrará y se llevará una sorpresa desagradable.
Pero no le digas que espere a 2028 porque pensará que en esa fecha cobrará y se llevará una sorpresa desagradable.
#7483
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
#7484
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
En 2019 decías que tenías Aportaciones Eroski.
En 2022 decías que tenías Obligaciones Eroski
En 2023 dices que tienes AFSE.
Lo primero que tienes que aclarar es qué es lo que tienes.
Desde luego si tienes un papel de 2012 no pueden ser Obligaciones Subordinadas porque en esa fecha no existían (son del 2016), salvo que en el 2012 fueran AFSE y se canjearan con quita en el 2016.
Para aclararlo tienes que saber el ISIN de la emisión (pregunta en el Banco)
Emisión 2004 ISIN ES 0231429004 Son AFSE y no amortizan.
Emisión 2007 ISIN ES 0231429038 Son AFSE y no amortizan.
Emisión por canje 2016 ISIN ES 0231429046. Son Obligaciones Subordinadas y amortizan en 2028.
En 2022 decías que tenías Obligaciones Eroski
En 2023 dices que tienes AFSE.
Lo primero que tienes que aclarar es qué es lo que tienes.
Desde luego si tienes un papel de 2012 no pueden ser Obligaciones Subordinadas porque en esa fecha no existían (son del 2016), salvo que en el 2012 fueran AFSE y se canjearan con quita en el 2016.
Para aclararlo tienes que saber el ISIN de la emisión (pregunta en el Banco)
Emisión 2004 ISIN ES 0231429004 Son AFSE y no amortizan.
Emisión 2007 ISIN ES 0231429038 Son AFSE y no amortizan.
Emisión por canje 2016 ISIN ES 0231429046. Son Obligaciones Subordinadas y amortizan en 2028.
#7485
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
#7486
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
#7487
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
Por eso no te fies.
Todas cobran los intereses el mismo día (bueno, unas el 31 de enero y otras el 1 de febrero) y depende del banco abonan el mismo día o al siguiente. O sea que cobres el 1 de febrero no dice nada.
Eso no te sirve para aclarar. Lo que te sirve es el ISIN.
No tienes que disculparte nada. Estamos para ayudar en lo que podamos. Pero te repito, lo primero es que te aclares y para eso el ISIN.
En cuanto lo que puedes hacer depende de lo que sean,, en un caso esperar o vender, en otro solo puedes vender cuando quieras y mientras tanto cobrar intereses.
Otra alternativa es presentar una demanda, pero me parece que dices son 3.000 euros nominales y no sé si por esa cantidad te compensaría contratar abogado. Esa es una decisión personal.
Todas cobran los intereses el mismo día (bueno, unas el 31 de enero y otras el 1 de febrero) y depende del banco abonan el mismo día o al siguiente. O sea que cobres el 1 de febrero no dice nada.
Eso no te sirve para aclarar. Lo que te sirve es el ISIN.
No tienes que disculparte nada. Estamos para ayudar en lo que podamos. Pero te repito, lo primero es que te aclares y para eso el ISIN.
En cuanto lo que puedes hacer depende de lo que sean,, en un caso esperar o vender, en otro solo puedes vender cuando quieras y mientras tanto cobrar intereses.
Otra alternativa es presentar una demanda, pero me parece que dices son 3.000 euros nominales y no sé si por esa cantidad te compensaría contratar abogado. Esa es una decisión personal.
#7488