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Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar

109 respuestas
Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar
Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar
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#17

Re: Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar

Estamos de acuerdo en la importancia de la tarea que realizan el Notario y el Registrador de la Propiedad. Pero le planteo una cuestión para dilucidar si realmente ambos profesionales realizan su labor de forma correcta y con cumplimiento exquisito de su deontologia profesional. Más que un caso real, se trata de varios miles de casos reales:
Seguramente que usted, con más conocimiento que yo, conoce perfectamente la legislación hipotecaria (también yo la conozco por mi dedicación profesional durante casi 45 años). Habrá podido comprobar cómo en la carátula de las escrituras hipotecarias se expresa "Escritura de constitución de hipoteca" (préstamo hipotecario). También conocerá, sin duda, el producto financiero "crédito hipotecario". Ambos sujetos se constituyen para abonar el préstamo adquirido para compra de vivienda (independientemente de que el segundo posea otras posibilidades).
Cuando promotor y comprador acuden a la cita notarial, el Notario da lectura a ambas partes del contenido integro de la escritura. Naturalmente, a la velocidad del rayo, pues de otro modo precisaria dos o más horas para cada cliente. Siempre queda claro quien es vendedor, quien comprador,la cantidad a pagar y mensualidades del pago.
Pero respecto a los intríngulis legales, el Notario no se extiende en pormenores, y mucho menos se molesta en explicar en qué consiste un préstamo, en qué consiste un crédito y cuál es la situación legal del cliente frente a uno u otro. Y éste es precisamente el punto más importante de la escritura porque, como usted sabe, nadie se esclaviza con una entidad financiera de por vida si no es mediante engaño o fraude de ley.
Conclusión: el crédito hipotecario --según los Notarios-- no puede subrogarse con otra entidad financiera. Y tanto es así que el SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos del Ministerio de Hacienda, en fecha 06/08/2009, evacuó consulta cuya conclusión tercera dictamina: "Por lo expuesto en las dos conclusiones anteriores, al instrumentar la subrogación conforme a la Ley 2/1994, no es posible que la entidad financiera, además de modificar el tipo de interés y el plazo, realice la novación de un crédito hipotecario en préstamo hipotecario, precisamente porque la Ley 2/1994 no ampara la subrogación de créditos hipotecarios de forma autónoma.»
Teniendo ésto en cuenta y para no aburrirle con otros detalles, le invito a analizar los apartados 1.f) y 2 de la disposición adicional segunda de la Ley 41/2007 que, según algunos Notarios y Registradores no modifican la Ley 2/94:
--aptdo.1.f) Extender el ámbito de aplicación de las normas dictadas al amparo de los apartados precedentes a cualesquiera contratos u operaciones de la naturaleza prevista en dichas normas, aun cuando la entidad que intervenga no tenga la condición de entidad de crédito.
--aptdo.2. Las normas que se dicten al amparo de lo dispuesto en el apartado precedente de esta disposición adicional serán de aplicación a los préstamos y operaciones que se concierten con posterioridad a la entrada en vigor de tales normas
La interpretación generalizada de la disposición apunta a que préstamo y crédito hipotecario "son dos contratos u operaciones de la misma naturaleza" (según establece el aptdo. 1.f), razón por la que algunos Registradores acceden a la subrogación del crédito, en tanto otros la rechazan.
De ahí que el asunto esté pendiente de fallo del Tribunal Supremo, Tribunal que, por otra parte, se pronunciará a lo largo de los años, cuando el daño ocasionado por algunos profesionales ya no tenga solución y haya echado al traste la economia familiar de miles de esclavos.
Y ya para terminar, entiendo que estos profesionales deberian unificar criterios y, sobre todo, aplicar la ley en beneficio del ciudadano, principio elemental que propugna abiertamente la doctrina. Y, sobre todo, considerar que una decisión no ajustada a derecho o mal interpretada ocasiona un perjuicio irremediable a miles de familias de este puñetero pais.
Por todo ello, prefiero que se equivoque un funcionario del Catastro.
¡Ah!, se me olvidaba decirle que siempre he ganado menos que un Notario pese a los numerosos puestos de Dirección que he desempeñado. Un cordial saludo

#18

Re: Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar

Querido amigo, le contestaré pero sin acudir al caso concreto;
- NO por obvio, hay que decir que la inmensa mayoría de notarios y registradores cumplen, desde luego, con sus deberes de asesoramiento, información y demás obligaciones legales. Incluso en un porcentaje aún mayor a pesar de lo que parecen inspirar los medios de comunicación (ahí está la falta de publicidad de los autos de sobreseimiento de los notarios de Marbella, Mallorca, Valencia... con notable varapalo de los propios jueces a fiscales y policía que, al menos, en los casos de Marbella "Ballena blanca" o "Hidalgo" denotaron profundo desconocimiento de la legislación societaria y mercantil y de prevención de fraude fiscal y blanqueo, lo cual es para estar cuanto menos algo preocupadillos). En el caso de los préstamos hipotecarios la actuación notarial se regula en el art.7 de la OM 1994 (ahora ya derogada) a parte de los correspondientes artículos del reglamento notarial, no me cabe ninguna duda de que los notarios advirtieron de todas las menciones del art. 7, otra cosa es que los interesados no se enteren o más bien habría que decir que se den por enterados. La intervención notarial garantiza que el consentimiento se presta libre e informado (de ahí que toda la contratación intervenida por notarios no dé lugar ni a 1% de conflictividad, con los consiguientes ahorros judiciales y, por tanto, para el Estado). Nadie obliga a nadie a adquirir una vivienda y menos a endeudarse con garantía hipotecaria. Si alguien cree que se le ha engañado pues que impugne el contrato por vicio de consentimiento. Si cree que la actuación notarial no ha sido correcta que denuncie al notario, es otra de las ventajas de nuestro sistema, usted no podría ir contra ese funcionario del "catastro" sino contra la administración, así que póngase a la cola. Por cierto, la actuación notarial no se limita a compraventas e hipotecas, es un reduccionismo que explica las posturas que mantienen que cualquier funcionario puede intervenir negocios como un notario. La actuación notarial abarca todo el derecho privado, desde negocios de familia (reconocimientos de hijos, emancipaciones, fe de vida, nacionalidad, emancipaciones, liquidaciones conyugales...); sucesiones (testamentos, herencias, particiones..); contratos (compraventas, donaciones, depósitos, arrendamientos...); urbanismo y construccion; hasta el societario y mercantil (constitución de sociedades, fusiones, escisiones, extinciones...) incluyendo el fiscal con la liquidación de ciertos impuestos (donaciones y sucesiones, transmisiones patrimoniales..).
En cualquier caso, la notaría no es una facultad de derecho y económicas donde se explique el funcionamiento de la compraventa y de la hipoteca; si el interesado quiere tener un mayor conocimiento del negocio que va a formalizar puede acudir a cualquier notaría antes de la firma claro, el acto de la firma es eso, la firma (donde el asesoramiento es gratuito) o ir al asesoramiento de parte (abogado); teniendo en cuenta la envergadura del negocio no hubiera estado de más, no cree? Por tanto, no cuela eso de que el promotor me dijo, el banco me dijo, que somos ya mayores de edad. Aún no entendiéndolo la intervención notarial y registral en la mayoría de las ocasiones "limpiará" el contrato de clásulas abusivas, y digo mayoría pues las cláusulas son interpretables jurídicamente y es potestad de los tribunales pronunciarse sobre su validez o nulidad no a los notarios ni registradores. Esto me lleva a la siguiente cuestión.
- La ley 41/2007 como la mayoría de leyes de los últimos 15 años es sumamente defectuosa desde el punto de vista técnico jurídico. En este caso, se debe a que su redacción vino directamente del Ministerio de Economía del señor Sebastián sin pasar por Justicia y de ahí resultó este bodrio, una norma hecha por y para las entidades financieras y absolutamente defectuosa donde se confunden términos económicos con términos jurídicos. En cualquier caso, no le quepa duda que la interpretación de notarios y registradores será siempre lo más equilibrada posible, son expertos en Derecho y funcionarios públicos pero gozan de independencia político-económica y esa es otra de las ventajas del sistema (sí convendría que se reformase en el sentido de no tener que depender tanto la facturación de las notarías de las entidades financieras, pero esa reforma de arancel le corresponde al gobierno). En todo caso, la interpretación de las normas forma parte de la actividad de aplicación del Derecho (artículos 3-5 Código Civil), el que haya interpretaciones divergentes no es un inconveniente ni una barrera insalvable, forma parte de la riqueza del derecho, correspondiendo a los tribunales fijar un sentido u otro, y, en última instancia, al Tribunal Supremo. Si los tribunales son lentos en decidir cuestiones como la validez de ciertas cláusulas o el sentido que ha de darse a un determinado precepto, si las normas son ambiguas, oscuras, ininteligibles etc, elévese la queja a quien corresponda.
- Respecto a lo de la retribución, me imagino que un buen porcentaje de personas elige libremente el destino de su vida y profesión. Lo importante es ser feliz o haber sido feliz en la medida de lo posible con su trabajo. Afortunadamente, las notarías y registros de la propiedad no son coto cerrado como las farmacias o taxis, hay notarios cuyos padres fueron agricultores o encuadernadores o incluso pastores en una de las últimas promociones. Cuando el opositor vale, importa poco su procedencia. Interesa mucho más que ambos cuerpos se integren con las mejores promociones pues así se prestará mejor la función en beneficio de todos y redundará en el prestigio y reputación de las instituciones a la par que defenderán mejor los derechos de sus componentes. Pocos casos habrá habido en que entre el garbanzo negro, que, como en todas profesiones, hay.
Saludos!

#19

Re: Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar

Amigo mio, solo tres apuntes para dar, por mi parte, por zanjado el tema:
1.- Estoy plenamente conforme con usted en cuanto la defectuosa redacción de nuestros legisladores (no tengo que recordarle el dicho popular de "quien hizo la ley, hizo la trampa"). Precisamente esa circunstancia es la que lleva a la praxis jurídica más injusta, a la torticera interpretación y, muchas veces, al perjuicio económico familiar.
2.- Respecto al modo de presentación de quejas por la actuación notarial, excuso decirle las trabas y el resultado final de cualquier escrito-denuncia que, con toda seguridad, usted conoce mucho mejor que yo. ¡Ah!, por cierto, en fecha 4 de diciembre de 2009, se presentó una queja notarial; ¿usted sabe algo?, yo tampoco.
3.- Con relación a esa supuesta acción policial "defectuosa" en los casos que refiere, no tengo otro remedio que recordarle, por si lo ignora, que en la investigación de delitos económicos y societarios (de los que Notarios y Registradores son desconocedores), el Cuerpo Nacional de Policía
cuenta con auténticos expertos en Derecho y Economía, hasta el punto que Delegados de Hacienda de muchas provincias les encomiendan investigaciones de muy dificil resolución por sus propios Inspectores, siendo frecuente la colaboración entre ambas instituciones.
Saludos y, por mi parte, fin de la historia.

#20

Re: Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar

Efectivamente muchas veces la redacción ambigua u oscura de la norma no es resultado de la incompetencia técnica de su autor (que también), sino que obedece a intereses corporativos, financieros etc, para que así admita diferentes interpretaciones. Desgraciadamente se juega también con que la resolución de los tribunales será lenta y a destiempo y todos los negocios formalizados con arreglo a aquélla norma quedarán firmes en el ínterin.
También estoy conforme con que se regule con mayor rigor las quejas y reclamaciones contra la actuación notarial y registral (sobre todo plazos, que son muy reducidos..), no en vano ya mencioné que es una ventaja proceder contra el notario o registrador en cuestión, cuya responsabilidad civil patrimonial es impuesta por ley. No lo estoy tanto con que no haya condenas, la más reciente en Abril de este año condenando por responsabilidad en la ejecución de una hipoteca, puede buscarse con facilidad en google dada su proximidad. Y hay que decir que las multas y sanciones disciplinarias son sumamente gravosas, nada que ver con otros funcionarios como jueces, que como vimos en el caso "Mari Luz", el Consejo General del Poder Judicial calificó como "falta muy grave" y la sancionó con 1500€, una broma.
Respecto a lo de Marbella, me limito a reproducir el auto de sobreseimiento de la sala, rapapolvo al fiscal anticorrupción y a la UDYCO. Por cierto, auto recurrido por el fiscal, que sigue empecinándose en la "cooperación necesaria" de los notarios y que nos va a costar el dinero a los españoles. Ah, en el juicio oral declararon algunos de los policías y ninguno era licenciado en derecho. Todo ello sin contar la "pena de televisor", el que los notarios fueron detenidos a punta de pistola y metralleta en plena calle, en un ejercicio de extralimitación e infracción de diversos principios constitucionales por el ínclito juez Torres, a la postre condecorado por el señor Rublacaba antes si quiera de haber terminado la instrucción y, por tanto, sin saber si estaba o no bien hecha, como luego se demostró.
En todo caso, estoy en la línea de que cuantos mejores funcionarios sirvan al Estado más fuerte será éste y mejor servicio se ofrecerá a los ciudadanos. Y salvo los indicados casos, no dudo de la profesionalidad de la policía y de otros cuerpos de funcionarios cuya formación, por otra parte, ha de ser incesante y en constante evolución.
Un saludo y aquí estoy para cualquier cuestión

#21

Re: Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar

Amigo muccius, me encanta debatir con usted. Quise darlo por terminado, pero no no me deja otra alternativa. Me siento en la obligación moral de decirle con rotundidad que probablemente haya asistido a juicios cuarenta veces más que la edad que usted y yo podamos tener. Por eso estoy en condiciones de asegurarle que jamás en un juicio verbal se ha preguntado al Inspector de Policía si era o no Licenciado en Derecho, en Química o Biologia. Al Tribunal le basta con que los informes policiales sean lo suficientemente técnicos y científicos como para auxiliarle eficazmente en la administración de la Justicia que está obligado a impartir.
Por otro lado, los informes cientificos estan siempre avalados por la firma del cientifico que los ha realizado, que no es otro que un Inspector de Policia licenciado en la materia correspondiente (Biología, Económicas, Psicologia..etc, pero no en Derecho porque en el Juzgado no necesitan este asesoramiento por razones obvias).
Por último, recordarle que para opositar a Inspector de Policía se exige como mínimo una Diplomatura en cualquier carrera. Primero se aprueba la Oposición (de una enorme dificultad); segundo, tres años lectivos en la Escuela Superior de Policía de Ávila (lo que le concede la equiparación universitaria de Licenciado o Arquitecto, Grupo A1 de la AGE) y tercero, puedo asegurarle que, por lo general, un elevadisimo porcentaje de jóvenes Inspectores son Licenciados en las carreras más diversas (como la mayoria de jóvenes de este pais).
De temas legales e hipotecarios, me niego a seguir debatiendo. Un cordial saludo y mis respetos.

#22

Re: Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar

Las argumentaciones que das ratifican mas la existencia de un colectivo privilegiado por Ley para dar ese servicio público de “fe publica”. Desvirtúas, tergiversas y omites deliberadamente para argumentar en defensa del carácter privado del mismo, y no sólo eso, sino que además pretendes la descalificación de toda contraparte.

Y como denominas “mentiras” a lo que pueda ser una equivocación o error, me vas a permitir que yo también denomine mentiras a tus errores/omisiones.

Dices 1ª mentira: por estimar lo que gana un notario?. No obstante, tú no mientes, dices que en todo caso eso lo sabe el ministerio de hacienda, y aun así estimas que no ganará mas de 100.000€/año. Tú primera mentira (principio de reciprocidad).

Dices 2ª mentira: te lo diré de otra forma, ¿Qué hacen dos notarios, no al servicio de la administración pública, determinando la cualificación y capacidad de una persona para prestar un servicio público????. También interviene un tercer notario como secretario. Tú segunda mentira (omisión deliberada y tergiversación).

Dices 3 ª mentira: “Por supuesto hay notarios en municipios de menos de 5000 habitantes” ; mis palabras textuales “(hay municipios de 5000 habitantes o mas sin notaría)”. Tú tercera mentida (tergiversación intencionada). Además omites que hay municipios de 5.000 habitantes sin notaría, y otros muchos de menos de 5.000 habitantes igualmente sin notaría. Tú cuarta mentira (omisión deliberada). Es más, hay 5000 municipios sin notaría y si con administración pública.

Tú quinta mentira: “hay un notario relativamente cerca de cualquier ciudadano”. Pues lo destacable es la generalizada aversión de las notarías a los barrios periféricos y su tendencia a ubicarse en los barrios céntricos. Por ejemplo, en granada todas las notarías se ubican en el centro-centro, o casi todas, alguna mas reciente puede que ya se haya establecido en un centro menos céntrico. Donde queda …? “la principal virtud del sistema notarial-registral es que prestan un servicio público radicado en todos los rincones de España”. Ni en poblaciones pequeñas hay notarías ni en barrios periféricos (aunque poblados) hay notarías.

Tú sexta mentira: “Las oposiciones a notarías publican a su término el porcentaje de opositores aprobados con familiares directos o indirectos hasta tercer grado con notarios, en la última no alcanzaba el 18%”. Cuando la ley pide esa “transparencia” es precisamente para evitar la endogamia, en ese y en otros colectivos, no por que no la haya. Omites también el % de endogamia de concursos anteriores, de los años 80, 90, 2000, …cuando no existía esa obligación de publicidad ( o aunque si la existiese a partir del año x).

Tú séptima mentira: “los aranceles son de 1989 con 50 reducciones en 20 años y sin revalorización alguna con respecto al IPC”. Gran parte de los ingresos de un notario provienen de los documentos de cuantía, por lo que dichos ingresos, pese a la disminución del arancel, han evolucionado al ritmo que lo ha hecho el precio de la vivienda, el precio de las sociedades, el importe de los embargos, el importe de las hipotecas, los reconocimientos de deuda, el precio de ...

Tú octava mentira: “-Que cualquier funcionario pueda hacer el trabajo de un notario demuestra que desconoce lo que se hace en una notaría”. Yo nunca he afirmado eso, lo que si dije es un titulado superior al frente de los mismos administrativos que ahora tienen los notarios (para no dejarlos en el paro).

Tú novena mentira:“…explica que ningún gobierno (república, dictadura y democracia) razonable cambie un sistema que funciona con eficiencia, calidad, rapidez y a costes ajustados”. El que no se haya cambiado lo único que explica es que hay un corporativismo que consigue defender muy bien su status quo, y que defiende un sistema de privilegios como dices de hace mas de cien años. (cuando todo lo demás ha cambiado). Rajoy es registrador, varios hermanos notarios o registradores, blas piñar notario, y no creo que merezca mas tiempo indagar en las vinculaciones política-notario/registrador.

Tú décima mentira: “los notarios españoles son los más baratos de Europa”. Al igual que los cafés españoles son los mas baratos de europa, y los salarios españoles también.

Tú undécima mentira: “Los datos, en poder del Ministerio de Hacienda, que en 2014 tendrá que hacer una nueva reordenación y suprimir (amortizar) muchas de esas plazas, como ya se está anunciando.”. nueva presión del colegio, que argumentando una caída de beneficios, pretende seguir protegiéndose y privilegiándose. Por que si que es cierto que con la crisis han disminuido las ventas inmobiliarias, y han bajado los precios (afectando estos dos factores a la recaudación por arancel), pero también lo es que han aumentado los requerimientos notariales, los cambios de titularidad de bienes por embargos/deshaucios, reconocimientos de deudas, etc, etc. Entonces la amortización de plazas a que se debe?, a que se les retira el “título” a notarios en ruina?, o será que el lobby decide no convocar las plazas de los que se jubilan?

Tú duodécima mentira: “Todavía seguimos esperando a que nos cuente de qué privilegios gozan los notarios “. ¿Cuando dices “seguimos” te refieres a ti y a los 3000 notarios o te refieres solo a ti?.

Por lo demás, y no es mentira, voy al notario cuando lo necesito, por la garantía jurídica que presta a mis operaciones. Y lo único que he planteado es que dada la situación de “recorte”, que se recorte a los privilegiados en lugar de a los desfavorecidos. Y si un recorte a 3000 privilegiados permite la asistencia sanitaria “gratuita” de 150.000 desfavorecidos, bienvenido sea. Y mas cuando el servicio de la fe pública no se ve alterado.

Detesto a las víctimas que respetan a sus verdugos.

#23

Re: Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar

Mi propuesta es que privaticen (y hagan más eficiente) lo que le genera déficit al gobierno, y le dejen al gobierno lo que le genera ganancia. Es exactamente lo contrario de lo que está haciendo Rajoy.

#24

Re: Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar

Es obvio que eres notario y defiendes tus privilegios con el tipico corporativismo de medicos, policias y otras sectas

1. Yo he visto con mis propios ojos, en plena efervescencia de la burbuja inmobiliaria, una cola inmensa de personas esperando para firmar su hipoteca y 3 notarios despachando a destajo, pasando por encima de clausulas suelo 4%-12% cuando el Euribor estaba alredor del 5% y practicamente nadie sabia que queria decir ese derecho de pernada, costos de tramites de embargo, ... como si fueran minucias leyendo a una velocidad de vertigo. Eso si, sus espeluznantes honorarios muy detallados

2. Hace un tiempo tuve necesidad de compulsar el DNI. La chica de la recepcion hizo fotocopia y se la llevo al notario que la firmo mientras hablaba por telefono sin echarle siquiera un vistazo, le podia haber presentado la solicitud de divorcio de su esposa que ni se habria enterado. Menos de 10 minutos = 60 Eur!

s2

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