Re: Dudas sobre Impuesto de Actos Jurídicos Documentados sobre Hipoteca
Se calcula sobre la Responsabilidad Hipotecaria (que no es la cantidad prestada, ni el valor de compra ni el de tasación).
Dale un vistazo a este hilo:
https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/375484-responsabilidad-hipotecaria
S2
Re: Dudas sobre Impuesto de Actos Jurídicos Documentados sobre Hipoteca
O a esto, incluido en el larguísimo post: https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/470289-vas-hipotecarte-consideraciones-previas-funcionamiento-financiacion
4 – La garantía.
Por si todo lo previsto falla, no puedas pagar a su debido tiempo, y para que el banco o caja puedan recuperar su dinero, se constituye la garantía, que es la segunda operación incluida en la escritura, recordemos que la primera era el préstamo, pues bien…. la entidad financiera y el solicitante acuerdan poner una traba (una carga) una hipoteca, sobre la casa que has adquirido, es lo más habitual, si bien se puede hipotecar perfectamente una casa que ya tengas, o incluso la casa de un familiar o amigo, claro está si éste lo permite, y esta hipoteca supone un derecho preferente sobre la garantía en cuestión, y como la ley obliga a poner unas cantidades máximas, aparece una cosa que es la “responsabilidad hipotecaria” pero que no vamos a comentar más que para el tema de los impuestos, al ser un tema que nos daría para otra novela como esta, y nos da impresión que si “alargamos” más los de rankia nos declararán “personas non gratas”. Esto de la responsabilidad hipotecaria aparte de los impuestos, afecta a la casa en caso de ejecución y embargos posteriores ….. bien, impuestos ….. cuando se formaliza una hipoteca se nos habla de la provisión de fondos para notario, registro, gestoría e impuestos, pues estos gastos tienen una estrecha relación con el importe que se indica como “responsabilidad hipotecaria” cuando más alta es, más impuestos y gastos, lo normal es que esta responsabilidad sea entre el 140 y 160% del importe del préstamo, vamos si hemos pedido 100.000, que la responsabilidad se sitúe en 140-160.000 €, pero por ahí todavía puede quedar alguna entidad financiera que ponga responsabilidades del 200%, o sea de un préstamo de 100 que la responsabilidad sea de 200.000, y si esto ocurre tendremos que con 160.000 solo la parte del impuesto serian 1.600 euros, y por la misma hipoteca poner una responsabilidad de 200.000 son 2.000 euros de impuestos, repito por exactamente la misma hipoteca los impuestos nos supondrían 400€ adicionales, y si consideramos que las hipotecas de hoy en día no son precisamente de 100.000 €, y es más habitual hipotecas del doble o del triple, estos 400 € de antes se te van a 1.200, fácil, fácil ……. Esto es un punto me temo que innegociable en bancos y cajas, sus abogados han considerado una responsabilidad u otra en aquel banco o caja y no te aceptarán cambiar nada de esto, pero es bueno que lo sepamos, como un elemento más a considerar.