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Periodo que tardan en contestar en la cláusula suelo

3 respuestas
Periodo que tardan en contestar en la cláusula suelo
Periodo que tardan en contestar en la cláusula suelo
#1

Periodo que tardan en contestar en la cláusula suelo

Hace 22 días que me enviaron el mensaje de texto por correo indicándome que en breve me responderán, y ayer por teléfono me dijeron que estaba finalizando el análisis, los tres meses me cumplen el 09 de agosto, alguien me puede orientar?

#2

Re: Periodo que tardan en contestar en la cláusula suelo

Tienen 3 meses según RD; puede que tarden algo más, por el volumen de reclamaciones que puedan tener, pero normalmente, suelen contestar. Pasado ese tiempo, si no es favorable, puede realizar actuaciones judiciales con un profesional. Un saludo desde Málaga.

#3

Re: Periodo que tardan en contestar en la cláusula suelo

En Bankia, después de tres meses les he tenido que reclamar la respuesta. Me han hecho ir varias veces, al final para denegarme la devolución.

Se lo he pedido por escrito y se han reido de mi dandome un papel que pone que me lo deniegan y ni mi nombre, ni la causa. Parece que no sepan trabajar profesionalmente o que van sobrados. He vuelto a reclamar que me den un papel en regla y a cara de perro al final me lo han dado. Ahora a buscar un abogado...

#4

Re: Periodo que tardan en contestar en la cláusula suelo

Buenas tardes,

 

Según el Rd 1/2017 ni siquiera estan obligados a contestar por escrito. El artículo 3.4.b) establece que  pasados 3 meses sin recibir respuesta, se entiende que el procedimiento ha concluido sin acuerdo:

4. El plazo máximo para que el consumidor y la entidad lleguen a un acuerdo y se ponga a disposición del primero la cantidad a devolver será de tres meses a contar desde la presentación de la reclamación. A efectos de que el consumidor pueda adoptar las medidas que estime oportunas, se entenderá que el procedimiento extrajudicial ha concluido sin acuerdo:

a) Si la entidad de crédito rechaza expresamente la solicitud del consumidor.

b) Si finaliza el plazo de tres meses sin comunicación alguna por parte de la entidad de crédito al consumidor reclamante.

 

Saludos,

 

Federico Wahnich