Re: Duda sobre si me corresponde algo de la legítima - herencia
Te contestaré porque mi caso es idéntico, sólo que a la inversa : padre fallecido, madre autorizada e hijo único.
La mitad del dinero de la cuenta le corresponde a tu padre en concepto de "bienes gananciales", a no ser que el dinero de la cuenta de tu madre tuviera origen en un bien privativo de ella (por ejemplo una herencia de su familia), pero entiendo que es dinero obtenido con un trabajo, por eso tu padre tiene derecho a la mitad. Y la otra mitad te corresponde a ti (si hubiera varios hermanos, se repartiría entre todos).
Saludos.
Re: Duda sobre si me corresponde algo de la legítima - herencia
Esto se aplica también a todo el resto de los bienes que ambos tuvieran en común, que forman parte de la sociedad de gananciales, incluyendo la vivienda habitual del matrimonio.
Con el fallecimiento de uno de los miembros de una sociedad de gananciales, esta se disuelve y los bienes en común (los adquiridos durante el matrimonio que no tengan carácter privativo -por ejemplo algo heredado por uno de ellos en exclusiva-) se reparten al 50% entre el cónyuge sobreviviente y, por otro lado, los herederos del fallecido, que son los hijos, en ausencia de testamento.
El 50% del fallecido va a parar a (a repartir entre) sus descendientes, en tu caso, al ser hija única, es como si "sustituyeses a tu madre" pero con la sociedad de gananciales disuelta por su fallecimiento.
Salvo mejor opinión.
Re: Duda sobre si me corresponde algo de la legítima - herencia
¡Cuidado!, porque el cónyuge viudo tiene derecho a su legítima, en este caso el usufructo de 1/3 de la herencia. O sea, el usufructo de 1/3 del 50% del total.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
Re: Duda sobre si me corresponde algo de la legítima - herencia
Re: Duda sobre si me corresponde algo de la legítima - herencia
O el notario es un poco falto, que lo dudo, o no le has entendido bien, no puede haberte dicho eso, los hijos son los herederos universales y forzosos de sus padres, el cónyuge sólo tiene una pequeña legítima, en tu caso del usufructo de un tercio de la herencia, otra cosa es que como te dicen, le corresponda la mitad del patrimonio del matrimonio por estar en gananciales. Así que aún considerando ese saldo como ganancial, te corresponde el pleno dominio de 2 tercios y el usufructo del otro tercio (de la mitad). La otra mitad para el viudo. Y si el saldo se pudiera probar que era privativo, por ejemplo porque viniera de una herencia recibida, en vez de sobre la mitad, el cálculo se haría sobre el 100%
Pregunta otra vez o en otro notario, aunque siendo hija única no necesitas hacer escritura de adjudicación, se puede hacer en documento privado.
Re: Duda sobre si me corresponde algo de la legítima - herencia
Hola de nuevo,
Mi padre al final ha muerto hace dos semanas:(
Ya os conté que en la herencia de mi madre al final mi padre y su gestor me pusieron como autorizada en la cuenta de mi padre y sobre la casa la repartieron así::
-mi padre : Usufructo 16.66% y propiedad plena 50%
-yo: propiedad plena 33.34% y nuda propiedad 16.66%.
Imagino he de esperar a que la casa pase a ser mía entera para venderla no? Mi padre hizo testamento en verano y puso que todo para mí .
Ah y soy hija única .
Gracias y felices fiestas !