Acceder

Régimen de gananciales y gastos notariales

1 respuesta
Régimen de gananciales y gastos notariales
Régimen de gananciales y gastos notariales
#1

Régimen de gananciales y gastos notariales

Hola a todos,

Mi caso es el siguiente:

Mi esposa es propietaria de una vivienda vpo al 100% y queremos incluir el 50% en el régimen de gananciales a titulo gratuito (la vivienda es considerada vivienda matrimonial y fue abonada con dinero ganancial de los dos, aunque ella realizo un aporte extra durante el noviazgo). La vivienda no tiene préstamo hipotecario vinculado.

1º/ ¿Cuales son los gastos estimados que nos puede cobrar el notario en Andalucia?.

2º/ ¿A efectos de notaria y hacienda que gastos o porcentajes debería abonar por la operación?. Existe alguna formula que nos sea económica?

3º/ Hace poco he heredado una parte de otra vivienda familiar entonces, ¿Al añadir mi vivienda en el régimen de ganancial podría tener algún gasto elevado a efectos de hacienda por las dos aportaciones?. No me gustaría tener sustos en la renta del año que viene ya que la declaración la hacemos por separado.

4º/ A efectos de fallecimiento de mi cónyuge, ¿que diferencias hay de tener una vivienda al 50% en la sociedad de gananciales o que el 100% sea privativo?. En caso de que siguiese siendo privativa, ¿mis suegros o cuñadas (hermanas) podría tener derechos sobre mi vivienda al no ser propietario? ¿O pasaría a ser yo usufructuario hasta mi fallecimiento?. En caso de mi fallecimiento, ¿quien heredaría legalmente la casa al no existir hijos en el matrimonio?.

Gracias de antemano por las respuestas.

Saludos.

#2

Re: Régimen de gananciales y gastos notariales

Hola. Las capitulaciones matrimoniales ante notario cuestan 80€, puede ser más, dependiendo de la complicación. Pero creo que preguntas una donación entre cónyuges en gananciales.

Conviene que cada uno haga testamento, otros 39€. Podéis usar las fórmulas legales para que tu esposa te legue lo máximo que le permite la ley. Consultad con un abogado que es lo que mejor os conviene.

Personalmente, creo que el mejor régimen matrimonial es el de participación, que os da la opción de pactar el % de participación en las ganancias del (ex) cónyuge. Mientras estéis casados, es similar a la separación de bienes.

Herencia. Los hermanos no son herederos forzosos, por lo que se les puede dejar fuera de la herencia, siempre que conste en testamento. Los padres y ascendientes son herederos, a falta de descendientes.

A tí, como cónyuge, te puede legar el máximo que permita la ley + el usufructo sobre la vivienda. Una vez fallecidos tus suegros, el cónyuge hereda la vivienda, siempre que conste así en su testamento.

Saludos.