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¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?

6 respuestas
¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?
¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?
#1

¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?

4.3. Repercusión de gastos por no subrogación o demora
4.3.1. Dado que el precio pactado se establece como pago al contado y la subrogación en el préstamo hipotecario tiene el sentido de facilitar su abono, previéndose la misma como consecuencia de su aceptación expresa por el comprador, si la subrogación no se produjera por causa imputable al comprador, correrán por cuenta de éste los gastos de cancelación de la parte de préstamo y garantías correspondientes.

Esta clausula es legal? viene en el contrato de compraventa que firme para comprar un piso,la caja que trabaja con esta promotora es Ibercaja, me dicen que si no me subrrogo con ellos tengo que pagarle a la caja 4000€.

Gracias, un saludo.

#2

Re: ¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?

La cláusula es legal, se incluye en las condiciones generales del contrato de compraventa y viene que decir que si el comprador de la vivienda (en este caso tú), no quiere subrogarse en la hipoteca de la entidad (Ibercaja) tendrás que pagar los gastos de cancelación de la hipoteca que son los gastos de subrogación, que puedes verlos en el siguiente enlace: https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/3339104-que-gastos-tiene-subrogacion-hipoteca

Supongo que estás haciendo o bien una compraventa asumiendo una hipoteca vigente o estás comprando un piso de primera mano en una finca con promotora de Ibercaja, es así?

 

#3

Re: ¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?

Buenos dias:

Si es la compraventa de un piso de nueva construccion y lo que no quiero es asumir o subrogarme a la hipoteca que el promotor tiene con Ibercaja, la hipoteca asciende a 112800€, si yo no me he subrogado con Ibercaja entiendo que no tengo que cancelar ninguna hipoteca ya que todavia no la tengo, otra cosa es lo que la promotora haya pedido para construir los pisos, además creo que es ilegal que me pidan cancelar una hipoteca que no he pedido todavía. En concreto Ibercaja me pide 4600€ por No subrogarme con ellos, me gustaria entender en concepto de qué y me parece demasiado.
Si alguien tiene una explicación.

Gracias, un saludo

#4

Re: ¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?

Ahora lo entiendo todo, me faltaba la información de si era vivienda nueva. Pues creo que te voy a dar la razón porque el Banco de España advierte que, de acuerdo con la normativa de consumo en vigor, en la primera venta de viviendas, tendrán la consideración de abusivas las cláusulas y estipulaciones que:

Obliguen al comprador a subrogarse en la hipoteca del promotor o impongan penalizaciones en el supuesto de subrogación.

Discutimos en este hilo cómo evitarlo: https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/25589-no-pagues-gastos-cancelacion-hipoteca-promotor

De todas formas, te dejo este artículo de las ventajas e inconvenientes de subrogarse en la hipoteca del promotor, por si no las conocías. Saludos!

#5

Re: ¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?

Buenas tardes:
Voy a explicar lo que yo entiendo sobre las dudas que tenía, si estoy equivocada porfavor que alguien me corrija. La hipoteca es de 112800€,si me subrogo a Ibercaja, el promotor de las viviendas ya tiene abierta una hipoteca con dicha entidad, por tanto simplemente pasaria yo a ser la deudora de dicha hipoteca, negociariamos modificar condiciones de la hipoteca con Ibercaja, se elevaria a escritura el contrato de compraventa y se pagarían los gastos e impuestos oportunos (gestoria, notario, AJD) Eso 4600€ que menciono en mi primer mensaje se refieren a todos estos gastos, pero además si no me subrogo con Ibercaja a este desembolso monetario tendria que sumar los gastos, notaria y los impuestos de pedir dicha hipoteca a otro banco que me mejorase las condiciones. La cancelacion de la hipoteca pedida por el promotor la haría él mismo.
Espero haberme explicado bien y estar en lo cierto. Gracias

#6

Re: ¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?

Buenas tardes:
Lorena Romero, gracias por los enlaces que me has dejado en el mensaje anterior, los he leido y me voy aclarando un poco mas, releyendo el contrato de compraventa en una clausula pone que una vez que nos han informado de la posibilidad de subrogarnos , la parte compradora opta por no subrogarse en dicho préstamo hipotecario, asi queda claro que soy libre de negociar con el banco que quiera. Y el punto 4.3 y 4.3.1, con que empece estas consultas en vuestro foro, estan dentro de la clausula 4 que se titula "subrogación en el prestamo hipotecario suscrito por la parte vendedora" y como no me subrogo ¿esa clausula no tiene que ver conmigo?
Además en la clausula novena "tributos y otros gastos " pone: son de centa de la parte vendedora "....Los gastos correspondientes a la constitución y división de la hipoteca que garantiza el préstamo, así como los e cancelacion en el caso de que no se produzca la sibrogación por la parte copradora en dicho préstamo y ello sin pejuicio de lo previsto en la condición general cuarta, número 4.3.1
¿podrías decirme si lo he interpretado bien?
Gracias,un saludo

#7

Re: ¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?

Hola M.Carmen,

Perdona por no responderte antes. Me alegro que te hayan resultado de interés los enlaces.

En tu mensaje número 5 lo has entendido todo perfectamente, que es lo que te enlacé sobre las ventajas e inconvenientes de la subrogación al préstamo del promotor. Tiene más gastos no hacerlo, pero no tienes que preocuparte por las comisiones. En cuanto al mensaje 6 (el último) que da igual que las cláusulas 4.3 y 4.3.1 (que hacen referencia a la NO subrogación por parte del comprador) estén dentro del punto de subrogación de subrogación de la parte vendedora, ya que es una puntualización en caso de no producirse esa subrogación. 

En la cláusula novena los gastos de cancelación los asume la parte vendedora (tú eres compradora) como ya hemos hablado.