#5656
Se está hablando de
MyInvestor
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#5657
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
#5658
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
Esto lo pone en la web:
"Como Cliente de XTB, ¿cuándo debo presentar el modelo 720?
En XTB trabajamos siempre con custodios locales, de forma que los valores españoles están custodiados por una entidad en España, los títulos franceses en Francia, los estadounidenses en EE. UU., etc. Por lo tanto, si tienes valores extranjeros, tendrás que comprobar si superas, en total, los 50.000 €."
Saludos
"Como Cliente de XTB, ¿cuándo debo presentar el modelo 720?
En XTB trabajamos siempre con custodios locales, de forma que los valores españoles están custodiados por una entidad en España, los títulos franceses en Francia, los estadounidenses en EE. UU., etc. Por lo tanto, si tienes valores extranjeros, tendrás que comprobar si superas, en total, los 50.000 €."
Saludos
#5659
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
#5660
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
Buenas,pues eso no me cuadra mucho,es igual que cuando contratas un fondo de inversión extranjero indexado al SP o al MSCI a través de My investor entidad nacional no obligaría a presentar 720 ya que el banco ya informa a la hacienda española y debería salir en el borrador.
Referente a las acciones según my investor las acciones y Etfs contratados a través de ellos no habría que declararlas en el 720 ya que la entidad al ser española ya se encarga de trasladar la información a hacienda.
Referente a las acciones según my investor las acciones y Etfs contratados a través de ellos no habría que declararlas en el 720 ya que la entidad al ser española ya se encarga de trasladar la información a hacienda.
#5661
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
Si XTB es también nacional debería ser igual que my Investor pero curiosamente en su página pone lo contrario.
Da que pensar.
Según la página de my investor
https://myinvestor.es/inversion/broker/
Da que pensar.
Según la página de my investor
https://myinvestor.es/inversion/broker/
#5662
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
Myinvestor usa para todo Inversis un broker español. XTB parace que usa un broker en cada lugar donde pertenecen los productos que compras o eso entiendo yo, así que si compras acciones usa por más de 50k has de hacer el 720. pero por otro lado parece que si informa a Hacienda de ello, lo que no se como son las retenciones y demás.
No es más rico quien más tiene, sino quien menos necesita. Y tú, ¿qué necesitas?
#5663
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
No se ,por lo que pone en my investor no hay que presentar 720 por ser un banco español.
Si XTB aunque fuera extranjero opera con IBAN ES debería aplicarse el mismo criterio .
Es como por ejemplo los depósitos de bancos extranjeros como Haitong ,ING etc que te dan IBAN español y por lo tanto tienen la obligación de informar a hacienda.
En teoría lo que manda es si el broker o banco es español o siendo extranjero tiene IBAN ES para la obligación de informar a hacienda aunque compres a través de ellas acciones extranjeras.
La verdad es que no entiendo muy bien la obligación de 720 si es que XTB pasa la información a hacienda y sale reflejada en el borrador como indica el compañero.Es un poco contradictorio
El 720 está principalmente para bancos que no sale la info en el borrador y por tanto hay que incluir a mano ya que dicha info la termina pasando a posteriori cuando ya ha acabado el periodo de la renta como ocurre con bancos extranjeros que no tienen sucursal en España y por tanto sin IBAN ES Un saludo
Si XTB aunque fuera extranjero opera con IBAN ES debería aplicarse el mismo criterio .
Es como por ejemplo los depósitos de bancos extranjeros como Haitong ,ING etc que te dan IBAN español y por lo tanto tienen la obligación de informar a hacienda.
En teoría lo que manda es si el broker o banco es español o siendo extranjero tiene IBAN ES para la obligación de informar a hacienda aunque compres a través de ellas acciones extranjeras.
La verdad es que no entiendo muy bien la obligación de 720 si es que XTB pasa la información a hacienda y sale reflejada en el borrador como indica el compañero.Es un poco contradictorio
El 720 está principalmente para bancos que no sale la info en el borrador y por tanto hay que incluir a mano ya que dicha info la termina pasando a posteriori cuando ya ha acabado el periodo de la renta como ocurre con bancos extranjeros que no tienen sucursal en España y por tanto sin IBAN ES Un saludo
#5664
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
Con MY, ningun problema, todo clarito desde el inicio y me funciona
#5665
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
Aclaraciones.
- MY es español, tienes un Iban español y sus custodios estan en Inversis. No hay 720.
- Xtb es una sucursal española. Tu dinero esta en una cta.alemana de JP morgan . Si superas los 50k tienes que notificar 720, salvo las acciones que tengas españolas. La razon, los custodios de las acciones los tienen depositados en los paises de origen.
Notifican a Hacienda española.
Solo no se excluyen las inversiones en bolsa española.
Yo no trabajo para ninguna entidad bancaria, ni pretendo conseguirles clientes.
Yo soy cliente de My y de Xtb. Para mi son compatibles, y tengo en cada uno lo que creo mas apropiado "para mi".
Saludos,
- MY es español, tienes un Iban español y sus custodios estan en Inversis. No hay 720.
- Xtb es una sucursal española. Tu dinero esta en una cta.alemana de JP morgan . Si superas los 50k tienes que notificar 720, salvo las acciones que tengas españolas. La razon, los custodios de las acciones los tienen depositados en los paises de origen.
Notifican a Hacienda española.
Solo no se excluyen las inversiones en bolsa española.
Yo no trabajo para ninguna entidad bancaria, ni pretendo conseguirles clientes.
Yo soy cliente de My y de Xtb. Para mi son compatibles, y tengo en cada uno lo que creo mas apropiado "para mi".
Saludos,
#5666
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
#5667
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
#5668
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
#5669
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
Hola,
Puedes ingresar y si no te convence, retirar. No te cobran nada.
Tu ingreso va directamente a una cta.bancaria de J.P.Morgan alemana, no a una de valores. Puedes usar las transf.como forma de pago que son gratis de ingreso/reriro (Usar la tarjeta si tiene coste). Puedes probar a realizar alguna op. Tienen comp./vta.de acc.y Etfs.fraccionadas a 0 Eur.que para probar como va es lo mas recomendable para probar el broker con imp.pequeños. En esta modalidad puedes comp.y vender por imp.de 10 Eur
Asi ya estarias cumpliendo con lo de la actividad con solo 10 Eur, y si no te gusta, tardas poco en poder vender esa operacion. Si tras cerrar esa operacion, no te gusta, retiras todo el saldo y no te cobran. Te siguen manteniendo cta.con ellos.
Si quieres cancelarla, creo que tendrias que llamarles.
Saludos,
Puedes ingresar y si no te convence, retirar. No te cobran nada.
Tu ingreso va directamente a una cta.bancaria de J.P.Morgan alemana, no a una de valores. Puedes usar las transf.como forma de pago que son gratis de ingreso/reriro (Usar la tarjeta si tiene coste). Puedes probar a realizar alguna op. Tienen comp./vta.de acc.y Etfs.fraccionadas a 0 Eur.que para probar como va es lo mas recomendable para probar el broker con imp.pequeños. En esta modalidad puedes comp.y vender por imp.de 10 Eur
Asi ya estarias cumpliendo con lo de la actividad con solo 10 Eur, y si no te gusta, tardas poco en poder vender esa operacion. Si tras cerrar esa operacion, no te gusta, retiras todo el saldo y no te cobran. Te siguen manteniendo cta.con ellos.
Si quieres cancelarla, creo que tendrias que llamarles.
Saludos,
#5670
Re: Seguimiento y opiniones de Myinvestor
Buenas,sin ánimo de crear polémica,si XTB es una sucursal española entiendo que si tuvieras en su cuenta sin invertir en acciones más de 50K no sería necesario hacer el 720.
Lo mismo ocurre con sucursales españolas de bancos extranjeros.
Si como dices si inviertes en acciones de compañías extranjeras y luego además decís que salen reflejadas la ventas en el borrador no entiendo la obligación de presentar el 720 ya que dicho formulario su obligación es la de informar de bienes en el extranjero que en principio no llega a la hacienda española hasta pasado un tiempo despues de la declaración de la renta.
Lo veo bastante contradictorio si la info de las ventas en XTB ya aparecen en borrador el informar otra vez.
A no ser que dichas ventas no aparecieran en el borrador.
La finalidad del 720 es que cuando se haga la renta no haya un descuadre entre lo que se preinforme en el 720 y lo que aparece en la renta ya que ellos no disponen de dicha información si no hubieras presentado el 720 hasta bien pasado el periodo de la renta pues los bancos les informan a posteriori.Un saludo
Lo mismo ocurre con sucursales españolas de bancos extranjeros.
Si como dices si inviertes en acciones de compañías extranjeras y luego además decís que salen reflejadas la ventas en el borrador no entiendo la obligación de presentar el 720 ya que dicho formulario su obligación es la de informar de bienes en el extranjero que en principio no llega a la hacienda española hasta pasado un tiempo despues de la declaración de la renta.
Lo veo bastante contradictorio si la info de las ventas en XTB ya aparecen en borrador el informar otra vez.
A no ser que dichas ventas no aparecieran en el borrador.
La finalidad del 720 es que cuando se haga la renta no haya un descuadre entre lo que se preinforme en el 720 y lo que aparece en la renta ya que ellos no disponen de dicha información si no hubieras presentado el 720 hasta bien pasado el periodo de la renta pues los bancos les informan a posteriori.Un saludo