Comunidad de Bienes para actividad económica. Devolución IVA en adquisición piso y garajeRespuestas: 0
Comunidad de Bienes para actividad económica. Devolución IVA en adquisición piso y garaje
Hola, tengo intención de constituir con mis hijos una C. de Bienes mediante la compra (primera transmisión) en proindiviso de un piso y un garaje a una SL promotora del edificio. La C. de Bienes va a realizar actividades económicas de Consultoría (somos ingeniero industriales y economistas) en esas instalaciones. Mis dudas son las siguientes: 1.¿IVA que soportaríamos en la adquisición de los inmuebles? 2.¿Requisitos formales de constitución de la CB que se dedicará a la actividad citada?, ¿Epígrafes del IAE? 3.¿Posibilidad de solicitar la devolución total del IVA soportado?, ¿en qué plazo? 4.¿Es relevante a efectos fiscales que constituyamos la C. de B. antes de la compra o se podría hacer después de la adquisición? 5.Realizaremos reformas en el piso , ¿podríamos solicitar la devolución de iva que nos repercutan en las reformas y en otros gastos para iniciar la actividad? 6.Requisitos exigibles para que la posible devolución del IVA no sea cuestionada por la Administración tributaria? Gracias. |
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