La deduccion por inversion en la vivienda habitual , es como su nombre indica , por la inversion realizada y no por la hipoteca establecida.
Para materializar esa inversion , es casi siempre necesario suscribir una hipoteca y por eso las cuotas de la hipoteca , hasta su extincion , son deducibles por inversion , porque estan financiando el valor de adquisicion de la vivienda.
Cuando adquieres una vivienda , el coste de adquisicion (Sobre el que se podran aplicar deducciones) , lo constituyen : El importe que consta en escritura + Gastos de Notaria + Impuestos de IVA o ITP + Registro + Gestoria + Gastos constitucion hipoteca + otros gastos necesarios para la adquisicion : Este montante sera el Valor de Adquisicion.
Si realizas pagos efectivos a esta adquisicion , seran deducibles en el año que los realizas , asi mismo las Cuotas de la Hipoteca y Seguros que el Banco haya condicionado a la concesion de la hipoteca y si tienes letras de cambio por pagos al promotor que tambien se encuentran dentro de este Valor de Adquisicion , igualmente sera deducibles en el ejercicio que lo realices.
En cada ejercicio y por cada declarante , existe un limite de 9.015 euros-año como maximo importe deducible , si has realizado pagos por importe superior , no podras aplicarlos y tampoco diferirlos a ejercicios posteriores.
Este Valor de Adquisicion , sera el que deberas tener en cuenta para si vendes la vivienda , sirva de referencia para la posible plusvalia , por diferencia con el Valor de Venta.
El Valor de Adquisicion , no podra ser superado por las entegas en efectivo + capital hipoteca + letras al promotor , porque esto indicaria que la deduda contraida en la hipoteca no se destina en su totalidad a la adquisicion de la vivienda y sus cuotas han de afectarse de el coeficiente de proporcionalidad , para que estas sean deducibles . Cosa que en muchas ocasiones ha ocurrido y ocurre cuando se hacen ampliaciones de hipoteca.
Saludos