Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Quien debe facturar en caso de que el importe del alquiler de un local se ingrese en la cuenta de un embargo

2 respuestas
Quien debe facturar en caso de que el importe del alquiler de un local se ingrese en la cuenta de un embargo
Quien debe facturar en caso de que el importe del alquiler de un local se ingrese en la cuenta de un embargo
#1

Quien debe facturar en caso de que el importe del alquiler de un local se ingrese en la cuenta de un embargo

Tengo un local alquilado. El propietario es un señor muy mayor y para agilizar el pago mensual, soy yo quién redacta la factura poniendo todos sus datos como propietario y los míos como arrendatario. En la factura tengo en cuenta el IGIC (es en Canarias)y la retenciones que yo satisfago de la manera pertinente. Hasta aquí todo es normal.

Hace dos meses nos llegó una carta del juzgado en el que se nos comunicaba que al propietario se le debía embargar cierta cantidad de dinero. A nosotros se nos pedía que en vez de pagar el alquiler al propietario lo ingresaramos en una cuenta del Banesto asociado a ese procedimiento jurídico. Durante estos dos meses hemos ingresado la cuota del alquiler en esta cuenta.

Mi lógica me dice que el propietario es quien debe ese dinero a una tercera persona, y que nosotros en vez de dar el dinero al propietario lo ingresamos en esa cuenta para que vaya más directamente a la tercera persona afectada. Por lo tanto yo estos dos meses le he redactado la factura de la misma manera de siempre, poniendo al propietario como el beneficiario de esos ingresos.

Hace unos días acudió el propietario para decirnos que le había dicho su hijo que esa no era la manera de realizar esta factura puesto que él no estaba recibiendo el dinero. Es decir, como él no recibía el dinero tampoco debía aparecer en la factura. Sus palabras fueron que en nuestras declaraciones no pusieramos nada a su nombre respecto a este concepto porque como no recibía dinero no tenía que declarar nada.

En cambio yo pienso que él sigue siendo el propietario y que él sigue siendo el beneficiario de esos ingresos, pero que en vez de recibirlo directamente para luego darselos a la tercera persona somos nosotros quien lo ingresamos al juzgado.

La duda es, ¿quién tiene que emitir la factura? ¿el propietario, la persona que recibe ahora el dinero, el juzgado?¿no hay que emitir factura? Yo creo que sigue siendo el propietario.
¿En estos casos se hace de manera diferente?

Muchas gracias

#3

Re: Quien debe facturar en caso de que el importe del alquiler de un local se ingrese en la cuenta de un embargo

Muchas gracias al.rodrigo.
Era lo que mi lógica me decía. Pero al no ser un experto necesitaba la opinión de alguien.
Muchas gracias otra vez