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Comunidad de bienes

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Comunidad de bienes
#1

Comunidad de bienes

Bueno días. Mi marido y yo tenemos una comunidad de bienes para gestionar el alquiler de un local que está a nombre de los dos. Ahora yo he comprado un local que está solo a mi nombre. Quisiera saber cómo puedo incluir este local en la comunidad de bienes, ya que voy a alquilarlo y quiero que sea la comunidad quien lo gestione. A ver si alguien puede ayudarme
#2

Re: Comunidad de bienes

Hola,

En principio voy a suponer que los bienes comunes están inscritos a vuestros nombres (al tuyo y al de tú marido) y que la Comunidad de Bienes -que también supongo que tendrá un NIF- no es la propietaria y que simplemente se encarga de relacionarse "como una única persona" con los inquilinos, será ella quien habrá formalizado los contratos y quien centralizará en una única cuenta los cobros y los pagos y la que, anualmente, presenta el modelo de "reparto" para que en vuestros respectivos IRPF consten los rendimientos neto que se os verdaderamente os pertenecen a vosotros, puesto que la Comunidad es un mero "instrumento de gestión".

En ese caso, no veo problema en realizar un Contrato -para dejarlo documentado- en el que cedes la gestión de la nueva propiedad a la Comunidad de bienes, para que realice las tareas, y en el que se fije el nuevo reparto -que ahora será desigual- debido a la diferencia de propiedades que existen entre sus partícipes -tú aportas un inmueble privativo-. No te supondrá tampoco problema alguno con la Admón. Tributaria ya que todo es perfectamente justificable.

Si, al contrario que la hipótesis inicial, la Comunidad es la propietaria, habría que hacer lo mismo pero en Escritura Pública -para que luego pueda acceder al Registro de la Propiedad-, incluyendo la fórmula de reparto y de liquidación -para que no halla problemas con el reparto de inmuebles en el caso de que se decida extinguir esta fórmula-. Tampoco te supondrá problema alguno que el reparto que se pacte sea desigual, reitero está más que acreditado el porqué.

Un saludo,
#3

Re: Comunidad de bienes

Muchas gracias por la respuesta 
Es el primer supuesto, el primer local está a nombre de los dos.
Entonces como tenemos que proceder? Hay que incluir una cláusula en el contrato de la comunidad para la gestión de este local y hay que modificar también el modelo 36 ?
#4

Re: Comunidad de bienes

Hola de nuevo,

Efectivamente, como dices, es necesario presentar una modificación de la la declaración censal ("modelo 036") para que se deje determinado las nuevas cuotas de participación y atribución,  según lo que acordéis en el Contrato sobre el reparto de los fondos que se obtendrán, y el cual  tendréis que adjuntar al presentar referida comunicación fiscal. En dicho Contrato, además de lo anterior, y como ya te he indicado, simplemente deberéis indicar que apoderas/autorizas a la Comunidad en cuestión para realizas las gestiones relativas a la explotación del inmueble, y la justificación de la desigualdad, la cual es clara como consecuencia de que la propiedad de los inmuebles gestionados no igualitaria.

Y, a partir de entonces, en la primera declaración fiscal ("modelo 184") en el que se incluyan las rentas del nuevo inmueble, las imputaciones ya no se realizarán en estricta igualdad, como hasta entonces, si no obedeciendo las nuevas cuotas de reparto previamente informadas a la Admón. Tributaria. 

Procediendo así, cumplís con los requerimientos formales y no surgirá problema alguno,
Un saludo.
#5

Re: Comunidad de bienes

Muchísimas gracias, me has ayudado muchisimo