Acceder

Duda en cuenta vivienda.

4 respuestas
Duda en cuenta vivienda.
Duda en cuenta vivienda.
#1

Duda en cuenta vivienda.

bueno, hace unos días colgué esta duda en este foro y me remitieron al foro de hipotecas. Des de hipotecas me devuelven a éste. Por si acaso lo vuelvo a pedir aquí:

"Soy uno más de los estafados con esto de la cuenta vivienda. Abrí una el 28 de diciembre de 2005 con lo que me caducó el 28 de diciembre de 2009, però la famosa prórroga me lleva hasta diciembre de este año.
De momento no he encontrado nada que se ajuste a mis gustos así que ya me veo teniendo que devolver los casi 6000 euros de lo desgrabado, más los intereses. Pero...
Resulta que mi madre se ha hecho una casa en nuestro pueblo, pero yo vivo en otra comunidad autónoma. Más bien ha hecho una finca familiar dónde está su casa en la primera planta y dos dúplex arriba que todavía estan por terminar (estan las 4 paredes y los ventanales), uno para mi hermano y otro para mi. De momento todo está en nombre de mi madre, pero mi pregunta es:
Mi madre me podria donar el piso que me corresponde y yo invertir mi cuenta vivienda en terminar la obra? Debería comprarle el piso a mi madre? Y luego terminarlo? Tendría algun perjucio fiscal para mi madre?
Qué otras opciones podria tener con este piso?
Gracias de antemano y un saludo."

Por cierto, mi novia recibe la ayuda por alquiler en baleares des de febrero del 2010 pero el domicilio fiscal todavía lo tiene en valencia porqué estábamos esperando a comprar la casa para cambiarlo. Tendremos problemas?

#2

Re: Duda en cuenta vivienda.

Hola Carpape,

una de las condiciones para poder mantener la validez de las deducciones realizadas es que la vivienda que compres deberá ser tu vivienda HABITUAL (es decir, tendrás que residir en ella al menos 9 meses por año), y este requisito es algo que la Agencia Tributaria puede comprobar fácilmente. Entonces, si no planeas irte a vivir al pueblo de tu madre, me temo que no te servirá esa opción que planteas.

En cualquier caso, lo que yo te recomiendo es que visites el portal de consultas a la DGT (Dirección General de Tributos):
http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/consulta.htm
En el campo "Texto libre" escribe "Cuenta vivienda", y dedica unas horas a mirarte los resúmenes de los 216 documentos que allí aparecen, porque probablemente habrá algún caso parecido al tuyo. Justamente yo hice esto mismo anteayer, y recuerdo el caso de uno que preguntaba si podía usar el dinero de la Cuenta Vivienda para pagar el impuesto de sucesiones de una casa recibida en herencia; la respuesta de la DGT era afirmativa, por lo que probablemente en tu caso también lo sea, desde mi punto de vista.

No obstante, el principal problema lo veo en lo que te comenté antes, lo de convertir en HABITUAL la vivienda que compres, ya que dices residir actualmente en otra comunidad autónoma...

#3

Re: Duda en cuenta vivienda.

Por cierto, yo abrí mi Cuenta Vivienda exactamente el mismo día que tú!!!! :-)

#4

Re: Duda en cuenta vivienda.

día de los santos inocentes. Por cierto, si no recuerdo mal tienes un año después de la inversión para que se considere vivienda habitual. Si me espero hasta finales de noviembre del 2010 se supone que tendré hasta noviembre del 2011. Para esas fechas espero ya estar "de vuelta a casa". Aún así, todavía no lo tengo nada claro.
Por cierto, tu ya has comprado?

#5

Re: Duda en cuenta vivienda.

Muy buena la alusión al santoral! :-D

Efectivamente, te conceden un año para que te asientes definitivamente en tu nueva vivienda, a no ser que ésta sea de protección oficial, en cuyo caso el plazo se limita a tres meses (mi caso).

Yo he aportado a una cooperativa todo el saldo de mi cuenta vivienda. El piso me lo entregarán a finales del próximo año, si todo marcha según lo previsto.

Por cierto, supongo que sabes (y si no es así yo te cuento) que el dinero de tu cuenta vivienda lo puedes usar para comprar una casa en construcción (incluso sobre plano). Desde el momento en el que tú haces el primer pago al constructor con dinero procedente de tu cuenta vivienda, se abre un nuevo plazo de cuatro años para que la vivienda sea construida y pase efectivamente a tus manos (escrituras). Durante ese período, puedes seguir deduciendo por pagos al constructor (la máxima cantidad deducible anualmente por este concepto es 9015 euros, igual que sucedía con la cuenta vivienda). Una vez que se han firmado las escrituras, es cuando da comienzo el plazo de un año para irse a vivir allí. (En tu caso particular, al tratarse de una donación de una casa no terminada, no tengo claro cuál sería la fecha de referencia... busca un caso similar en las consultas de la DGT)

En cualquier caso, con independencia de que inviertas tu dinero en una vivienda ya terminada, hecha a medias, o sobre plano, la cuenta vivienda la debes cancelar este año 2010, usando la totalidad del saldo (más lo intereses) para el pago de aquélla.