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Imcumplimiento de contrato en el primer año

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Imcumplimiento de contrato en el primer año
Imcumplimiento de contrato en el primer año
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Imcumplimiento de contrato en el primer año

Hola: Tengo un local comercial alquilado desde noviembre del 2009. El inquilino empezó a pagar el alquiler en febrero del 2010 de común acuerdo con un préstamo cedido por la comunidad, me entregó un dinero como abal, dos meses de depósito y el mes correspondiente anticipado,el día 4 de mayo me comunica su abogado que el negocio da en quiebra y que en 60 días me entrega las llaves. Alega que las clausulas que pone dicho contrato a estar un año obligado no es válida por no tener dinero para pagar el alquiler y por ser un préstamo de AVALMADRID, me pide que cobre los dos meses del fondo de garantía, quiere que firme ahora la rescisión aunque las llaves me las entrega cuando le devuelva el dinero del abal.
Preguntas:
¿Siendo un prestamo de la comunidad para los negocios inutiliza el contrato de alquiler?
Si la garantía la tengo depositada en el instituto de la vivienda,¿puedo cobrar estos dos meses del abal? puesto que necesito la rescisión del contrato para que me la devuelvan.
Como sigo depositando el iva si cobro del abal o de la garantía?
Le pido el recibo del IRPF solo de lo que el me pagó o tengo que incluirle lo que cobro de las garantías?
Tengo que mandarle un burofax por impago a pesar de haberme comunicado el desalojo?
CUANDO FIRMO LA RESCISIÓN DEL CONTRATO,AHORA O DENTRO DE DOS MESES?
Puedo poner en alquiler el local estando vigente el contrato?
Agradezco toda la ayuda porque estoy muy confusa. Muchas gracias. Un saludo.