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Fusion empresas extranjera

2 respuestas
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#1

Fusion empresas extranjera

Buenas tardes....Agradeceria sobremanera vuestra ayuda en lo siguiente. Mi hermana es titular de unas acciones empresa extranjera la cual se fusiono con otra empresa extranjera mediante intercambio de acciones en el 2016. En vistas a la proxima declaracion, quisiera asegurarme de no meter la pata. Mis dudas son....1-Como no se ha vendido nada, ni ha habido compensacion de efectivo..entiendo que ella no debe declarar nada a hacienda sobre esta fusion, hasta que se vendan las acciones de la empresa adquiriente que mi hermana obtuvo en el canje.
2-Lei tambien que se puede optar a un regimen especial de fusiones de compañias extranjeras....sin embargo en el banco le han dicho que no es necesario. Podria alguien con conocimiento de causa, indicarnos cual de las dos opciones es la correcta....tambien llamamos a hacienda y nos dijo la funcionaria que la opcion 1 es la valida.....pero...como podemos asegurarnos de harcelo bien? Gracias de antemano por vuestra ayuda y Feliz año nuevo...

#2

Re: Fusion empresas extranjera

Entiendo que en tu caso y por lo que cuentas la Opcion 1 es la válida.

Pero no son opciones incompatibles. No es cuestión aquí de cual es la correcta.

Es cierta la opción 1 y a la vez la dos. Ya que has podido leer que se puede optar a un régimen especial. Cierto, ese régimen existe.

Ya que lo quieres comprobar, mira en el Capítulo VII de la LIS (Ley de Impuesto de Sociedades) que regula como funciona la fusión en régimen especial entre empresas, regula como se valoran las acciones entre compañias, como deben reflejarlo en su contabilidad etc, etc...es cierto que al socio (si las sociedades se han acogido al régimen especial), le podría llegar a afectar el tema a la hora de valorar las acciones, mira el art 81 LIS.

Pero aunque asi fuera, no declara tu hermana hasta que no venda. Es decir. Opción 1.

Salud.

#3

Re: Fusion empresas extranjera

Muchisimas gracias