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Donación encubierta entre hermanos

4 respuestas
Donación encubierta entre hermanos
Donación encubierta entre hermanos
#1

Donación encubierta entre hermanos

Buenas noches;

Pretendo vender mis acciones de una sociedad (SA) con cierto valor en activos a un hermano mio, pero he acordado con él un precio menor al mínimo que declara Hacienda por mis participaciones. La realidad es que no me aporta nada estar en esta sociedad y prefiero tener mi dinero propio sin depender del resto.
Se que para tributar en el IRPF tendré que poner como ganancia patrimonial según el valor mínimo que estipula Hacienda, pero tengo la duda de si me pueden acusar de donación encubierta, cuando la realidad es que no lo es, es una compra venta según un precio acordado entre nosotros, que más quisiera yo que me pagasen lo que vale la sociedad, pero mi participación minoritaria no la quiere nadie y he llegado a un acuerdo por un valor por debajo del mínimo.

Un cordial saludo

#2

Re: Donación encubierta entre hermanos

En realidad, una venta por debajo del valor de mercado es SIEMPRE una donación, al menos a efectos del impuesto. Otra cosa es que se declare o no en el impuesto de donaciones. Si la oficina competente tiene acceso a ese valor de mercado o mínimo que dices para detectarla, puede hacer algo al respecto o puede que lo deje pasar.

Un saludo

#3

Re: Donación encubierta entre hermanos

Estamos de acuerdo en ese principio según un punto de vista de la transmisión de la totalidad de las acciones; pero considero que si una sociedad, en un supuesto, vale 6.000.000 de euros, una participación del 20% no vale, ni mucho menos 1.200.000 euros....De hecho creo que nadie te compraría dicha participación ni a precio de ganga. Por tanto mi pregunta es si es justificable frente a Hacienda una venta de un paquete de acciones minoritario por debajo del valor de mercado de las acciones de la totalidad de la sociedad justificando que es una minoría de un socio que quiere salirse del negocio.
Muchas gracias

#4

Re: Donación encubierta entre hermanos

Pues el valor contable debería ser como mínimo el precio de mercado, y por tanto el valor a efectos de impuestos. Así entiendo que lo considerarán en Hacienda por mucho que intentes justificar otra cosa. La suerte que tienes es que como la transmisión de participaciones sociales está exenta en ITPyAJD, concretamente en operaciones societarias, los valores no se revisan y lo más normal es que nadie revise si el valor declarado es el de mercado o no y lo pasen sin más. Otra cosa que si puede pasar es que en renta cuando declares la variación patrimonial te pidan justificación de ese valor o no les valga y te liquiden por valor contable.

Un saludo

#5

Re: Donación encubierta entre hermanos

El valor del activo de la sociedad es muy bajo (o patrimonio neto), según los bienes comprados en los años 80, en la actualidad el patrimonio de la sociedad vale mucho mas que lo plasmado en el balance; de tal modo que entiendo que se podrá transmitir y tributar las acciones según el valor de este balance (con valores desactualizados), no?. Como bien dice yo también entiendo que al no pagar ITP (la sociedad NO es inmobiliaria) no tendrá especial interés Hacienda en comprobar valores.
Muchas gracias por su precisa respuesta.