Herencia e IRPF
Mi hermana y yo hemos heredado una vivienda de nuestros padres en Andalucía. Se valoró por 31000 € según hacienda para el impuesto de sucesiones, estando exento el tributar por ello. En el notario, al ser un bien indivisible, valoramos la vivienda en 30000 € y mi hermana me entrega 15000 € que es la mitad de la valoración. Cada uno liquida su parte del impuesto del ayuntamiento. ¿El dinero que he cogido de la mitad de la valoración de la vivienda lo tengo que declarar en el IRPF o en otro lado? Si tengo que declararlo ¿sería el valor de adquisición, la mitad de los 31000 € es decir 15500 € más los gastos de notario que me parece que fueron unos 250 € y eso se le resta a los 15000 €? ¿Lo pagado en el ayuntamiento hay que meterlo también restándolo de los 15000 €? ¿Tendría minusvalías que se pudieran compensar con plusvalías de venta de acciones y futuros del Ibex?
Gracias por las respuestas, me aclaráis las dudas que tengo.