Acceder

Regalo acciones y fiscalidad de las mismas

3 respuestas
Regalo acciones y fiscalidad de las mismas
Regalo acciones y fiscalidad de las mismas
#1

Regalo acciones y fiscalidad de las mismas

hola, tengo acciones de liberti glogal, LBTYK y por cada diez de estas nos han dado una de la misma compañia en latinoamerica LILAK y el pico de mas de 10 nos han dado un dinero, (por ejemplo si tenias 104 de LBTYK me han dado 10 LILAK y por las 4 de pico unos 15 euros) , bueno mi pregunta es esa estas acciones que te dan de la misma compañia pero que son diferentes como se cotiza por ellas , es una ganancia patrimonial y la tengo que declarar o solo las declaro cuando las venda y el precio de compra pongo 0, y por el pico ese como lo declaro, es que estoy un poco perdido nunca me habian dado acciones asi y no se por donde empezar.

he encontrado esto pero no lo entiendo , si alguien me lo puediera explicar un poco se lo agradeceria
http://www.libertyglobal.com/pdf/press-release/06-20-LiLAC-Distribution-Ratio-Final.pdf

#2

Re: Regalo acciones y fiscalidad de las mismas

Lo primero no es un regalo ,nadie regala nada, es una forma de distribuir beneficios a los accionistas, mediante ampliación de la misma sociedad o de una asociada como parece el caso.

Las acciones adquiridas de LILAK , toman la fecha de la ampliación y el coste de las mismas es CERO , para tenerlo en cuenta cuando las vendas y tengas que tributar por la plusvalía generada en la venta.

Por el dinero obtenido por los derechos sobrantes estos los minoras del valor de adquisición de las acciones adquiridas de LBTYK y tendrán su efecto fiscal cuando vendas estas acciones que bajan de precio al minorar este por lo cobrado en esta ampliación.

Saludos

#3

Re: Regalo acciones y fiscalidad de las mismas

muchas gracias lunatico , ahora lo tengo mas claro , un saludo

#4

Re: Regalo acciones y fiscalidad de las mismas

Sólo hay una cosa que no me queda clara, el cargo contable de esa entrega, beneficios no distribuidos o prima de emisión. Ampliación no es en ningún caso, se trata de sociedades diferentes.

Las acciones que os entregan tienen un valor de mercado en ese momento de la entrega, que en cualquiera de los casos será su valor de adquisición a tener en cuenta en una futura venta de las mismas. Ahora bien:

1.- Si la entrega es con cargo a prima de emisión, ese valor de mercado y ese efectivo percibido deben de restar al valor de adquisición de las LBTYK.

2.- Si la entrega es con cargo a resultados no distribuidos, tienes que declarar el cobro de un dividendo, que coincide con el valor de mercado de las acciones entregadas más el efectivo percibido.

En la primera opción es bastante clarificadora la consulta vinculante V2001-16.

Saludos.