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Duda gastos deducibles

8 respuestas
Duda gastos deducibles
Duda gastos deducibles
#1

Duda gastos deducibles

Me habéis ayudado un montón con las declaraciones de mi familia. Ahora me toca la mia. Yo tengo actividad económica porque trabajo como abogado. Además trabajo por cuenta ajena para una empresa y para el colegio en el turno de oficio.
En los datos fiscales me aparece lo que me paga la empresa y los ingresos del turno de oficio como actividad economica con su retención de irpf.
Durante todo el año he estado haciendo los trimestres del Irpf ( modelo 130) que en los tres últimos me salieron negativos.
Mi duda es... tengo que trasladar los datos del cuarto trimestre del irpf al modelo 100?
No se si me explico, en actividades economicas a hacienda sólo le aparece la cantidad con retención pero en los trimestrales yo declaraba tambien lo que no tenia retención y descontaba los gastos deducibles. En el modelo 100 tengo que poner el total de ingresos computables del cuarto trimestre y deducir el total de gastos deducibles del cuarto trimestre?

Muchas gracias.

#2

Re: Duda gastos deducibles

Lo referente a tu actividad profesional con el Epígrafe 731 que cumplimentas en la Pagina 5 "Simplificada" se compone de lo siguiente:

Ingresos: Casillas 092 a 095 se incluyen los importes facturados a los clientes por el Total o Base Imponible , suma de las facturas que has emitido con el IVA repercutido que liquidas Modelo 303 y con la Retención practicada al cliente si este no es persona física y que tiene que ingresar en Hacienda y que te aparecerá en tus Datos Fiscales por La Base Imponible y la Retención.

Estos ingresos son el total de Bases Imponibles facturados tanto a los que tienen retención como los que no.

Los Gastos fiscalmente deducibles Casilla 067 a 111 incluyes las Bases Imponibles de aquellos gastos que te han ocasionado la actividad , así como si pagas la SS.SS de Autónomos.

En la Casilla 536 se ponen las retenciones reflejadas en facturas a los clientes. Verifica que todos los que figuran en tu Datos Fiscales, son los clientes a los que has facturado con retención, porque puede que no hayan realizado el ingreso o no hayan comunicado el mismo , pero si tienes las facturas emitidas debes poner lo realmente facturado y retenido.

En la Casilla 541 se ponen los pagos a cuenta liquidados en los Modelos 130 y que estarán en tus Datos Fiscales.

Tienes que tener presente que las personas físicas que desarrollen actividades profesionales no están obligadas a presentar declaración de pago fraccionado (Modelo 130) ni a efectuar ingreso alguno por este concepto en relación con las mismas si, en el año natural inmediato anterior, al menos el 70 por 100 de los ingresos procedentes de dichas actividades hubieran sido objeto de retención o ingreso a cuenta.

Saludos

#3

Re: Duda gastos deducibles

Muchísimas gracias, mejor no se podía explicar.
Una sola cosita, recibí un inmueble por herencia el 2014 y en el 2015 lo vendimos ( 50 % yo y 50% mi hermano).
Creo que necesito el valor por el que lo recibí y el valor por el que lo he vendido no?
Como lo declaro?

Gracias.

#4

Re: Duda gastos deducibles

Efectivamente tienes que declarar en este 2015 la venta de este 50%.

El valor de adquisición, será el que figure en la escritura de herencia o el valorado en el Impuesto Sucesiones presentado, a este valor se le puede incrementar con el coste de dicha herencia que proporcionalmente al total heredado le corresponda al inmueble.

El valor de venta es el escriturado y se le puede minorar con los costes de venta y especialmente con el Impuesto de Plusvalía Municipal que corre a cargo del vendedor.

Se declara en la Pagina 10(II) Casilla 300 clave "1" cumplimentando Casilla 303.

Naturalmente cada heredero declara su 50% en su IRPF.

Saludos

#5

Re: Duda gastos deducibles

Muchas gracias. El coste de la herencia te refieres a gastos de notaria y Registro, por ejemplo?

#6

Re: Duda gastos deducibles

Efectivamente y lo que le corresponda por I.S y Donaciones.

Saludos

#7

Re: Duda gastos deducibles

Muchas gracias. O sea que la parte que haya pagado yo de impuesto de sucesione más la que me corresponda de notaria y registro se lo sumo al valor del inmueble que aparece en la escritura de herencia.Y al valor de venta le resto la plusvalua y los gastos de gestoria, inmobiliaria, etc.. que haya tenido.

Es asi?

Muchisimas gracias por tu ayuda.

#8

Re: Duda gastos deducibles

Si, pero si la herencia tiene mas activos valorados, hay que aplicar el porcentaje que tiene el valor del inmueble , sobre el total heredado, para obtener el porcentaje de gastos asociados a la herencia de dicho inmueble.

Saludos

#9

Re: Duda gastos deducibles

muchas gracias.