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Padrón y Deducción por hijos - Deducciones

3 respuestas
Padrón y Deducción por hijos - Deducciones
Padrón y Deducción por hijos - Deducciones
#1

Padrón y Deducción por hijos - Deducciones

Buenos días,

Tengo una hija que convive conmigo desde que mi ex-pareja y yo nos separamos el año pasado, pero a 31 de diciembre de 2015 estaba todavía empadronada con su madre, aunque vivía conmigo.

La pregunta es si en la Renta puedo ponerla al 100%, puesto que su madre no va a presentar declaración porque no trabaja y vive con sus padres. Pero tengo miedo de que luego Hacienda me pida pruebas de que la niña realmente convive conmigo y no pueda presentar el certificado de empadronamiento al estar donde su madre en 2015.

Muchas gracias.

#2

Re: Padrón y Deducción por hijos - Deducciones

Buenas tardes;

En el caso de padres separados o divorciados se podrá aplicar el mínimo por descendientes aquel que tenga la guardia y custodia atribuida en el convenio regulador.

El hecho de que la madre no aplique dicho derecho (bien porque no presenta renta o bien porque tiene ingresos muy bajos) no permite la transmisión del mismo para su aplicación por otro contribuyente.

En cuanto a lo de poder acreditar la efectiva residencia del menor le hago saber que el empadronamiento no es más que un tramite administrativo con el ayuntamiento y que existen mas formas de poder acreditar la residencia (es más la AEAT suele fijarse en el domicilio fiscal que el contribuyente tiene comunicado), la ley en ese sentido remarca que usted puede utilizar cualquier medio de prueba admisible en derecho para poder acreditar ante la administración cualquier situación o hecho relevante.

#3

Re: Padrón y Deducción por hijos - Deducciones

Gracias por tu respuesta.

Se me ha olvidado aclarar algo muy importante, que es que no existe ninguna sentencia judicial ni nada por el estilo que comunique la guarda y custodia, ya que nunca estuvimos casados y la separación fue de mutuo acuerdo.

No se si esto cambia algo de tu respuesta.

#4

Re: Padrón y Deducción por hijos - Deducciones

En caso de no existir ningún tipo de convenio regulador nos tenemos que regir por los requisitos establecidos en la normativa para poder aplicar el mínimo por descendientes;

El descendiente tiene que :

-tener menos de 25 años (cualquier edad si tiene una discapacidad)
-CONVIVIR con el contribuyente (con la última modificación normativa la dependencia económica se asimila a la convivencia)
-no obtener rentas,excluidas las exentas,superiores a 8000 euros
-no presentar declaración o que en caso de hacerlo en la misma no se incluyan rentas superiores a 1800 euros.

En el momento que el contribuyente hace la declaración no se le pide que acredite o demuestre tal convivencia,es a posteriori que si la Administración (mediante sus procedimientos de comprobación) lo solicita es cuando entonces sí se tendrá que acreditar de la forma que el contribuyente estime conveniente.