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Compensar pérdidas ejercicios anteriores

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Compensar pérdidas ejercicios anteriores
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Compensar pérdidas ejercicios anteriores
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#61

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Buenas tardes

Quisiera saber, en que casilla hay que poner las perdidas por participaciones sobordonadas de años anteriores,tengo el borrador hecho 'por hacienda, pero no logro saber si tengo puestas esas perdidas ,que puedo compensar en varios años

gracias

#62

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Estos datos no los cumplimenta la AEAT porque los desconoce, debe cumplimentarlos el constribuyente , en tu caso si corresponen a Deuda Subordinada estas perdidas pendientes de compensar, del 2014 y anteriores, se cumplimenta en la Casilla 395 . Apartado "B".

El sistema ya te compensa con los saldos positivos que tengas en la Base del Ahorro.

Saludos

#63

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Hola buenas noches,

Me puedes decir en que casilla debo poner la compensacion de perdidas ejercicios anteriores para valores de bolsa.

 

Saludos

#64

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Buenas tardes. Tengo una duda acerca de compensar pérdidas de ejercicios anteriores. El año pasado, (en el ejercicio anterior), obtube una pérdida por la venta de acciones. Este año he obtenido una ganancia por la venta de acciones, pero no me interesa compensarla con la pérdida del año pasado. ¿Puedo guardar esa pérdida del año pasado por compensar para el ejercicio del año que viene en vez de este?. ¿O al obtener ganancias este año, tengo que compensarla a la fuerza con las perdidas del año pasado?

No se si me he explicado bien. Saludos y gracias. 

 

 

#65

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Copio y pego de INFORMA, página web Agencia Tributaria:

137226-Saldo negativo ganancias/pérdidas: obligatoriedad compensación

Pregunta

El saldo negativo de las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales ¿debe compensarse obligatoriamente en los 4 años siguientes hasta la cuantía máxima que resulte posible en cada uno de esos años?

Respuesta

Sí. El saldo negativo de las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales ha de compensarse en los 4 años siguientes hasta la cuantía máxima que resulte posible en cada uno de esos ejercicios según las reglas establecidas al efecto.

Un saludo.

#66

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Muchas gracias ,lo mirare

#67

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Buenas tardes,tengo que realizar la declaración de la renta ahora en este mes y me asaltan varias dudas:

En el año 2016 invertí en bolsa (la primera vez en mi vida) y gané 3500 euros (vendidas antes de diciembre),sin ninguna pérdida.(tendría ke pagar este año unos 700 euros). Por consiguiente,desde que empezó el año 2017 hasta hoy he perdido 5000 euros. ¿puedo compensar las ganancias del año 2016 con las pérdidas del 2017 ha día de hoy?En esta declaración de la renta 2017....

 

Es por no pagar los 700 euros a hacienda por ganancias,cuando este año tengo unas pérdidas enormes¿o puedo hacer otra cosa?¿se puede no declarar las ganancias del 2016 y ya para la renta del 2017 compensar las perdidas y las ganancias?.

 

Muchas gracias.Un saludo

#68

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Hola Javi37,

Las plusvalías/minusvalías generadas por la compra/venta de acciones hasta 31Dic2016 van a al declaración del 2016. Las plusvalías/minusvalías que generes a 31Dic2017 van a la declaración de la Renta del 2017. Así que no puedes compensar minusvalías del 2017 con plusvalías del 2016 y tendrás que pagar esos 700€. :-(

Un salduo, 

#69

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Muchas gracias por tu respuesta¡¡

PD:Hacienda siempre gana......jaja

#70

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Buenas tardes,

Mis dudas son:

1) ¿Es posible guardar unas minusvalias producidas en 2016 y aplicarlas en 2017 de un título que ya no voy a volver a comprar durante 2017?

2) ¿Puedo modificar mi declaración de 2016 ya presentada para quitar dicha minusvalía? En la declaración pagué 2000 y ahora quitando la minusvalía pagaría 3000.

Gracias

 

#71

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Las ganancias y las pérdidas hay que declararlas cuando se producen.

La única salvedad es que no puedas aplicar la pérdida por recompra (la famosa regla de los dos meses), en cuyo caso deberías marcar la casilla "No imputación por recompra de valores homogéneos".

Pero declararla, hay que hacerlo cuando se produce la operación.

De todas formas, puedes presentar una declaración nueva mediante una complementaria.

Un saludo.