Visitas a clientes en el extranjero
Buenas tardes.
He estado leyendo sobre la exención de rentas percibidas en el extranjero y sobre el artículo 7p, pero siempre con demasiado tecnicismo en las explicaciones y sin ser exactamente mi situación, por lo que no estoy seguro de qué debo hacer.
Durante el 2015, siempre trabajando para una empresa española, estuve visitando a un cliente en Arabia Saudí durante 1 mes y medio. Durante las nóminas de esos meses, se me ha retenido IRPF normalmente. ¿Tengo derecho a alguna excención de las bases correspondientes a esos días fuera? O debería haber sido un mínimo de 183 días en el extranjero?
Tanto en caso afirmativo como en el contrario ¿debo tener algo en cuenta en mi declaración de la renta?
Gracias de antemano.
Saludos