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Solicitar IVA o compensación con futuras declaraciones

4 respuestas
Solicitar IVA o compensación con futuras declaraciones
Solicitar IVA o compensación con futuras declaraciones
#1

Solicitar IVA o compensación con futuras declaraciones

Tengo una duda en cuanto a las consecuencias de solicitar devolución / compensación de IVA si tengo pensado interrumpir unos meses mi actividad.

Por lo que tengo entendido, cuando se solicita la devolución del IVA y se cesa en la actividad, hay que devolver parte del IVA ya deducido por la compra de bienes de inversión (en mi caso equipo fotográfico). Pero qué ocurre si ese cese de actividad es temporal? Si solicito el IVA en Diciembre estando de alta y me doy de baja en enero, aunque con intención de volver a darme de alta más adelante, en marzo o abril digamos, tendría que devolver parte del IVA que me deduje por la compra del equipo fotográfico que compré meses atrás???

Por otro lado,si en lugar de solicitar la devolución solicito la compensación en declaraciones futuras estando de alta en Diciembre, pero me doy de baja en enero y no vuelvo a presentar una declaración hasta el tercer o cuarto trimestre, perdería ese IVA que he pedido compensar???

Gracias de antemano. Un saludo.

#3

Re: Solicitar IVA o compensación con futuras declaraciones

Muchas gracias batiscafo pero esa consulta es demasiado específica, además no sé si se puede aplicar a mi caso, ya que no es el mismo (la persona que refiere esa consulta sabe exactamente cuando va a volver a incorporarse y así lo especifica).

Sigo esperando a ver si alguien puede sacarme de dudas. Un saludo.

#4

Re: Solicitar IVA o compensación con futuras declaraciones

Nadie sabría darme respuesta? Básicamente son dos dudas:

Quizá no me esté explicando bien. He estado todo este año de alta (Enero-Diciembre incluido), he comprado material que se amortizará por lo visto en varios años y por los que me he deducido el 100% del IVA (cámaras y objetivos fotográficos). En enero quiero darme de baja y no vovler a estar de alta hasta marzo-abril. Tengo básicamente dos dudas:

- Tanto si pido devolución como si no la pido, al darme de baja en enero me pedirán que devuelva parte del IVA que me he deducido por la compra de ese materia? O está estipulado que uno tiene un plazo para volver a darse de alta sin que tenga que devolver ese IVA deducido? (Ya que no voy a cesar mi actividad definitivamente, solo de forma temporal)

- Por otro lado, este trimestre he tenido pérdidas (de ahí que me de de baja temporalmente en enero) y tengo IVA a mi favor. Si solicito compensar ese IVA a lo largo del año que viene o futuras declaraciones de IVA, pierdo el derecho cuando me dé de baja en enero?

Disculpas por la insistencia, pero sigo sin resolver esas dos dudas y en función de esa información voy a intentar tomar las mejores decisiones a mi alcance :D

Muchas gracias por vuestra ayuda.

#5

Re: Solicitar IVA o compensación con futuras declaraciones

Hola, voy a intentar explicar tus dudas:

El cese de actividad en Hacienda no es temporal o definitivo. No existe esa posibilidad. Simplemente es un cese. Ahora en diciembre como te viene bien da la baja con el modelo 036 y luego vuelve a darte de alta con el mismo modelo en la fecha que quieras.

- En enero al dar el cese de actividad nadie te va a pedir de forma automática que devuelvas esa parte del IVA de ese material de inmovilizado que has comprado. Pero en el caso de que tengas una inspección, cosa frecuente dependiendo del importe que vayas a solicitar, sí existe la posibilidad de que te reclamen ese IVA. Si decides solicitar la devolución quita un porcentaje de IVA en función del tiempo que hace que lo hayas adquirido.

- El IVA puedes dejarlo a compensar. Tienes 4 años para solicitar la devolución. Lo único que tienes que hacer es presentar todos los trimestres siguientes poniendo ese importe en la casilla de trimestres anteriores, para no perder ese saldo. Cuando te vuelvas a dar de alta, en la fecha que sea, tendrás ese importe de arrastre a tu favor.

- Ten en cuenta que para solicitar la devolución del IVA tienes que haber emitido aunque sea una sola factura a un cliente a lo largo del año. Si no, no está permitido.

Espero haberte ayudado,
Saludos,