Reinversión-hipoteca puente
Hola a todos;
Soy nueva en el foro y tengo una duda que quiero consultaros.
Por traslado laboral cambié mi vivienda habitual de Sevilla a Cadiz.
En Sevilla teníamos una vivienda en propiedad, y en Cadiz adquirimos una nueva con fecha 27/05/09 por 210.790€. La venta de la casa de Sevilla se hizo con posterioridad, el 30/12/10, pero dentro del limite de los dos años que creo que permite la ley.
Para la compra de la casa de Cádiz pedimos una hipoteca que incluia las dos viviendas, anulando la hipoteca que pesaba sobre la casa de Sevilla anteriormente.
La hipoteca que englobaba las dos casas era de 371.500€.
Cuando se vende la casa de Sevilla, se cancela parte de la hipoteca, por importe de 225.000€ (la casa se vende por 252.500).
El problema es que Hacienda considera que tan sólo el 56% del préstamo hipotecario corresponde a la vivienda habitual, y por tanto sólo un 56% de esta cancelación se aplica a vivienda habitual.
En mi opinión, la totalidad de la cancelación es reinversión de vivienda habitual, puesto que se trata de cancelar la parte de la hipoteca que afecta a la casa de Sevilla, que queda en ese momento libre de cargas, de tal modo que se queda pendiente una hipoteca de 146.617,40€, un valor que está por debajo de el valor de compra de la nueva casa (210.790€)
Este caso es un poco complicado para mi, y me gustaría escuchar opiniones de los expertos.
Muchas gracias,