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Alta como autónomo (pluriactividad) para cobrar un trabajo de 4000 euros?

2 respuestas
Alta como autónomo (pluriactividad) para cobrar un trabajo de 4000 euros?
Alta como autónomo (pluriactividad) para cobrar un trabajo de 4000 euros?
#1

Alta como autónomo (pluriactividad) para cobrar un trabajo de 4000 euros?

Hola a todos, os describo mi situación:

1. Trabajador por cuenta ajena.
2. Además una vez al año doy un curso (por el que me ingresan alrededor de 500 euros : 750, menos lo que se lleva hacienda). Esto al ser formación y un importe pequeño, lo cobro sin estar dado de alta como autónomo, y todos los años en mi borrador de la renta ya aparece como rendimiento del trabajo.
3. Este año , le he echado un cable a un conocido, asesorándole en un tema técnico, por el cual acordamos una remuneración de 4.500 euros + IVA.

La pregunta es, para cobrar esto que he de hacer:

a. Tratarlo como hago con la formación, que el me ingrese el importe deduciendo ya lo que se lleva a hacienda y olvidarnos del IVA?
b. He de darme de alta como autónomo en régimen de pluriactividad (y todo el trastorno que esto supone) ingresar yo el IVA, y darme de baja al mes siguiente?
c. Cobrarlo como actividad de asesoramiento, no exenta de IVA, y luego yo ingresar el IVA sin estar dado de alta ni en autónomos ni en el régimen de actividades econOmicas, o solo en actividades?

Muchas gracias

#2

Re: Alta como autónomo (pluriactividad) para cobrar un trabajo de 4000 euros?

Hola!
La actividad de asesoramiento a tu amigo se podría considerar como actividad habitual a lo largo de todo el periodo impositivo?

Si no se puede considerar como habitual a priori no tienes la obligación de darte como autónomo y tributar por rendimiento de trabajo o ganancia según corresponda.

De todos modos, échale un vistazo a toda la regulación sobre obligación de darse de alta y que pasa en caso de que no darse de alta.

Saludos!

#3

Re: Alta como autónomo (pluriactividad) para cobrar un trabajo de 4000 euros?

Gracias Bancaddict.
La actividad es puntual, en principio no habitual ni recurrente ,se trata de un caso aislado.
Entiendo por lo que dices que no es preciso darme de alta como autónomo, pero sí en el registro de actividades económicas, correcto?