I.V.A. en Compra-Venta de Parcela
Recientemente se ha firmado una opción de compra sobre parcela de terreno, donde se estipulaba claramente la sujeción al 21% de IVA a la compra-venta. Ahora los abogados de los compradores proponen que cuando se firme el protocolo notarial, y en aras de que su cliente se ahorre el elevado pago efectivo del IVA, se proceda a la "renuncia a la exención de IVA", se produzca la "Inversión del sujeto pasivo de IVA", y en consecuencia la compra-venta quede "sujeta a AJD".
Yo, salvo opinión en contrario, entiendo que la compra-venta es una operación claramente SUJETA Y NO EXENTA DE IVA, y por tanto no cabe la solicitada renuncia a la exención, ya que esta no existe.
Os doy la descriptiva de la parcela para refrendar mi opinión: "Parcela de terreno de 14.300 m2, dentro de la cual existe casa y alberca. En el catastro figura como 'suelo sin edificar' ; en el Plan General del municipio está calificado como suelo urbano consolidado ; y tiene concedida una edificabilidad de 3.770 m2 ".
Agradecido de antemano. Cordiales saludos.