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Sobre obligación a declarar
Mi duda es la siguiente:
Matrimonio con gananciales, el cónyuge no llega a 22.000 y con perdidas patrimoniales por venta de acciones.
Solo por haber vendido acciones, aún con pérdidas, tiene que declarar el cónyuge?
Puede el declarante anotar solo el la venta de esas acciones, aunque sean de titularidad de los dos, para así el cónyuge no tener que hacer la declaración?
Gracias.