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Retención de la renta

3 respuestas
Retención de la renta
Retención de la renta
#1

Retención de la renta

Buenas tardes amigos..creo que me van a retener la renta, pues pone la famosa frase de no obstante su devolución se está comprobando, y ahora ha pasado a un organismo de recaudación. Mi mujer con quien la he hecho conjunta,arrastra una deuda y ahora a pesar de estar en régimen de separación de bienes, me habéis dicho que se me puede retener aun siendo yo el beneficiario,y mi pregunta es si yo puedo hacer algo para recuperar mi parte,puesto que yo no tengo porque pagar deudas de mi mujer que ha adquirido antes de conocerme.Tengo algún derecho al reclamar,y si la hubiera hecho individual,también me podrían retener?.muchas gracias y perdón por el rollete

#2

Re: Retención de la renta

Artículo 84 Ley IRPF. Normas aplicables en la tributación conjunta.

(...)

6. Todos los miembros de la unidad familiar quedarán conjunta y solidariamente sometidos al impuesto, sin perjuicio del derecho a prorratear entre sí la deuda tributaria, según la parte de renta sujeta que corresponda a cada uno de ellos.

(...)

#3

Re: Retención de la renta

Muchas gracias por tu respuesta...a pesar del dolor k me causa jaja..pero lo que no me queda claro es si al hacerla individual tambien hubiese ocurrido lo mismo y el como me lo notificaran??..por correo ordinario o en el estado de mi declaracion de la renta??..mil gracias de nuevo

#4

Re: Retención de la renta

En principio al ser individual la deuda (o crédito) es sólo de uno y por tanto no procedería en caso de separación de bienes.

Respecto a la notificación esta suele hacerse (y debería) por correo certificado.

Por otra parte estoy viendo que a lo mejor he enfocado mal el asunto... Ese artículo se refiere a las deudas originadas por el IRPF, no las que se cargan contra el IRPF y en vuestro caso sale a devolver, por lo que no hay deuda sino crédito. ¿Cómo se me ocurre que se podría evitar el embargo (que a lo mejor no funciona)? Pues o presentando individual o presentando una tercería de dominio y alegando que parte de dicho crédito contra Hacienda es tuyo y no de tu mujer, aunque no tengo nada claro que te lo vayan a estimar...