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Repetido: Compensación dividendos obtenidos en el extranjero

3 respuestas
Repetido: Compensación dividendos obtenidos en el extranjero
Repetido: Compensación dividendos obtenidos en el extranjero
#1

Repetido: Compensación dividendos obtenidos en el extranjero

Saludos!

He recibido en 2014 dividendos de BMW (Alemania). La desgravación por doble imposición se hace constar en la casilla [583] (pág. 46) en las que hay un desplegable con los siguientes apartados:

1) Tipo: Supongo que hay que marcar la opción 2 (rentas que no proceden del trabajo que es la opción 1).
2) Rentas incluidas en la base genral: en [Otras rentas] e [impuesto satisfecho en el extranjero] supongo que CERO P porque solo tengo estas accs. que corresponde a la base del ahorro.
3) Rentas incluidas en la base del ahorro: supongo que lo que me certifica mi broker pero con el tope de IMPUESTO MÁXIMO DESGRAVABLE SATISFECHO EN ORIGEN que es menos que el total.

Esto me reduce un dividendo íntegro 344,56 del que en origen me han retenido 123,44 pero que como máx. deducible tengo 70,20 a tan solo 34,45 euros.

Además, en este desplegable no he incluido 0,73 euros de gastos porque entiendo que el programa PADRE ya lo ha incluido en el total de gastos deducibles.
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Lo que creo recordar es que en la casilla [24] [Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades] se debe incluir el DIVIDENDO ÍNTEGRO (que es más del recibido por la diferencia de la retención en origen) que se compensa ahora en la casilla [583] pero el programa PADRE ha incluido (no lo he comprobado) el DIVIDENDO ÍNTEGRO MENOS LA RETENCIÓN EN ORIGEN.
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¿Es así?

#2

Re: Repetido: Compensación dividendos obtenidos en el extranjero

Efectivamente se ha de incluir el dividendo íntegro, pero OJO con la deducción por doble imposición internacional, requiere el pago o presentación del "IRNR" en Alemania, no se admiten retenciones practicadas, o al menos eso es lo que me dijeron por aquí.

#3

Re: Repetido: Compensación dividendos obtenidos en el extranjero

Efectivamente, no se admite el total de la retención prácticada en origen. Si no se han hecho los trámites que indicas (similare al W8-BEN en USA) sólo se tiene dcho. a una desgravación del 60% (o tal vez algo menos).

¿Y el desplegable de la casilla [583] está bien como indico? (Desde luego, solo tengo rendimientos del extranjero procedentes de estos dividendos)

#4

Re: Repetido: Compensación dividendos obtenidos en el extranjero

Yo diría que sí, salvo mejor opinión.

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