Re: Firma declaración fallecido
Cualquiera de los herederos, aunque si se manda lelematicamente, no existe la firma.
La AEAT reclamara que se presente copia del DNI y Certificado Defuncion , cuando revise la declaracion, si sale a devolver ha de ser en una cuenta del fallecido.
Su periodo de devengo del impuesto es la fecha del fallecimiento y no la del 31-12-2014.
Saludos
Re: Firma declaración fallecido
Lamento el fallecimiento de esta persona pero si una persona fallece a principio de año, febrero o marzo, y a final de año ya se ha tramitado la herencia y se ha cancelado la cta. bancaria, ¿hay alguna sol.?
¿Debemos dejar abiertas las ctas., al menos una, de una persona fallecida aunque, claro, comunicándolo a la entidad, durante un tiempo razonablemente largo?
Re: Firma declaración fallecido
Re: Firma declaración fallecido
Re: Firma declaración fallecido
Suponía que alguna sol. habría. Sin embargo, ¿es posible y conveniente mantener abierta la cta. de la persona fallecida durante un periodo razonable puesto que puede tener deudas de tarjetas de crédito (deudas que pasan a los herederos) o ingresos pendientes?
Está claro que los herederos ocupan la posición del causante pero ¿está dentro de la Ley y facilita los trámites que abonos y cargos pendientes sigan domicilidos en la cta. del fallecido(*)?
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(*) Más de una vez se ha dejado la cta. de una persona fallecida abierta y se ha operado durante años sobre ella. No sé si era porque antes había menos control (especialmente hace 30 o 40 años cuando la informática estaba menos desarrollada) o porque es legal.
Re: Firma declaración fallecido
No sé a ciencia cierta si es legal o no, está claro que no es regular y los bancos intentan que esa situación cambie y se elimine al fallecido o se cambien los titulares. Sin embargo como dices algunas veces las cuentas se han mantenido abiertas y operativas durante mucho tiempo, incluso mas del razonablemente necesario para regularizar las cosas y no ha pasado nada, y así sigue. Normalmente, si hay dinero el banco acaba bloqueándolo, y para desbloquearlo hay que regularizar la situación y presentar los documentos de la herencia. Y si no hay dinero, la cuenta puede seguir abierta durante mucho mucho tiempo sin que nadie se preocupe de ello, incluso cuesta trabajo o dinero cerrarla y se deja que se cancele sóla por el paso del tiempo sin movimientos.