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Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional

9 respuestas
Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional
Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional
#1

Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional

Hola. He recibido una notificación de la agencia tributaria con el titulo: Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional. es cierto que tengo esta deuda y quiero pagarla. Dentro de la notificacion me dice que: Asimismo, si con anterioridad al vencimiento del citado plazo manifiesta por escrito su decisión de no
efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos, se tendrá por realizado el trámite de alegaciones. Este
escrito podrá presentarlo por los mismos medios indicados en el párrafo anterior. Aqui viene la pregunta. Al entrar en la sede electrónica y poner el CSV mi DNI y elegir que no quiero poner un recurso ¿que debo hacer? La idea es pagar esto cuanto antes. Gracias de antemano.

#2

Re: Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional

No podrás pagarlo hasta que no te giren la correspondiente liquidación provisional; respecto a la optar entre:

1) Decir que no quieres interponer recurso
2) No decir nada y que las cosas sigan su curso

No suele haber mucha diferencia en lo que a plazos se refiere, y respecto a intereses devengados igual; vamos, que suele dar igual callarse que decir que no se va a recurrir, pero si te quedas más tranquilo hazlo.

#3

Re: Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional

Gracias por la respuesta. A eso me referia exactamente. A que me quedo mas tranquilo. la cosa es que no se como decirles que no quiero interponer recurso, me lio un poco con la oficina virtual, llego al paso en el que pongo el codigo de seguridad pero luego no se como mandar el escrito.

#4

Re: Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional

no te sale una ventana para buscar el pdf? similar a cómo se presenta la declaración...en ese caso .100

#5

Re: Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional

Hola de nuevo. No, no me sale.

#6

Re: Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional

o bien lo presentas por escrito pasado por registro, o bien usa los telefonos de apoyo

#7

Re: Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional

Rescato este hilo porque yo también he recibido una "Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional" en la que me dicen que he de devolver la deducción por vivienda que realicé en la renta de 2017 (aunque también me la deduje en 2014,2015, 2016 de momento sin noticias), por una vivienda habitual comprada a finales de 2005 pero de la que no hice deducciones en declaraciones de la Renta anteriores a 2013 por no tener obligación de declarar.

¿Creéis que debiera alegar eso mismo, que no tenía obligación de declarar en años anteriores a 2013 o sería mejor dejarlo estar por no "enfadar" a hacienda y que no siguiera indagando en declaraciones pasadas?

 

Gracias!

#8

Re: Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional

Si lo dejas estar, a continuación irán a por las rentas anteriores no prescritas.

Por otra parte, si consigues que acepten la deducción de 2017, probablemente aceptarán también las de los años anteriores.

Un saludo

#9

Re: Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional

Esta mañana lo he consultado en un número de info de la AEAT como si lo quisiera hacer este año como primera, sin querer dar más pistas, y después de consultarlo con un compañero me han dicho que podría deducírmelo si especifico que no lo hice con anterioridad a 2013 por no tener obligación.

No se que hacer, la verdad.

#10

Re: Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional

¿Cómo que no sabes qué hacer??

Si no contestas te la quitarán, te girarán la complementaria con intereses, y luego vendrá la sanción. A continuación deducirán que los años anteriores tampoco tenías derecho, y te harán lo mismo con todos los ejercicios no prescritos.

Por otra parte, alegar no cuesta nada, puede que te lo acepten y lo admitan, con lo que podrías seguir deduciéndote hasta el final de la hipoteca, aparte de no devolver nada. Y aún en caso de que no lo admitan, siempre se podría recurrir la sanción por haberte apoyado en una interpretación razonable de la norma, sin ánimo de elusión.

Vamos, que yo no tengo ninguna duda...

Un saludo