Acceder

Compensar perdidas

5 respuestas
Compensar perdidas
Compensar perdidas
#1

Compensar perdidas

Una vez más, acudo a vosotros para ver si me podéis ayudar con un tema que me está dando dolores de cabeza.

Nunca he hecho la declaración de la renta porque si la hago, me devolvían unos 40 euros, pero si mis padres me incluyen en la suya, les devolvían bastante más (yo no estoy obligado a hacerla, por edad y por sueldo bajo).

El año pasado (2014) tuve pérdidas en bolsa de, aproximadamente, unos 5000 euros. El caso es que este año, tengo unas plusvalías de unos 5000 euros (igual que pérdidas el año pasado).

Entiendo que si no hago nada, el año que viene tendría que pagar cerca de 1000 euros por las plusvalías de este año.

¿Qué tengo que hacer? ¿Tendría que hacer la declaración de la renta por mi cuenta (saliendome de la de mis padres), para poder declarar las pérdidas del año anterior, y así el año que viene, poder compensar con lo ganado este año?

Espero poder seguir aprendiendo de vosotros. Un saludo a todos.

#2

Re: Compensar perdidas

para poder compensar perdidas tienes que hacer declaracion de renta de declarar esas perdidas, con locual este año tienes que declarar esas perdidas si quieres compensarlas en la declaracion de la renta del año que viene.
Tambien tienes que ver que las perdidas y las plusvalias sean del mismo tipo a menos o a mas de un año.

#3

Re: Compensar perdidas

Gracias por tu respuesta, David40

Las perdidas y plusvalías son todas a menos de un año. Incluso a menos de dos meses (algo he leido por ahí de que si es en menos de dos meses, no se puede incluir en la declaración... no entiendo nada).

El caso es que compré-vendí acciones de la misma compañía, a diferentes precios y diferente cantidad (por ejemplo: compré 2000 acciones a 5 euros. las vendí a 4 euros. A 3 euros volví a comprar con el dinero que tenía... asi muchas veces, algunas ganando, otras perdiendo... pero en conjunto, perdiendo).

#4

Re: Compensar perdidas

Y otra cosa. Tengo 24 años. Podría no declarar?

Y el año que viene, declarar solo desde que cumpliese (este año 2014) los 25 años?

#5

Re: Compensar perdidas

Por partes:

+Respecto a que no puedes presentar la declaración porque sino te tienen que quitar tus padres:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Segmentos_/Ciudadanos/Minimos__reducciones_y_deducciones_en_el_IRPF/Minimos/Minimo_por_descendientes/Requisitos_de_los_descendientes.shtml

Por otra parte decir que hace ya mucho que "saliste" de la declaración de tus padres (meter lo tuyo y de tus padres en el mismo IRPF), te refieres a que ellos puedan aplicar el mínimo por descendientes que he citado.

+Respecto a lo de los dos meses, creo que este hilo te puede ser de utilidad:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2172746-regla-dos-meses-venta-acciones

#6

Re: Compensar perdidas

Vaya lío... muchísimas gracias por los aportes, Kyrie lomthe