Acceder

Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo

8 respuestas
Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo
Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo
#1

Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo

IMPUESTO SUCESIONES-VARIAS CCAA.- Un persona fallece en hace mas de 7 años en Castilla y León, sus herederos, hijos y viuda, presentan el imp. Sucesiones en dicha comunidad. La viuda al ser bastante mayor se va hace tres años a vivir y residir habitualmente (se empadrona) con una hija en Asturias. La viuda fallece ahora en Asturias, entiendo que el Imp. Sucesiones se tiene que hacer en dicha comunidad asturiana al haber residido-empadronada mas tiempo en los últimos 5 años., pero ¿en que CCAA se tendría que presentar la declaración de Consolidación de Dominio por extinción del Usufructo?. Gracias

#2

Re: Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo

Reglamento ISD:

---

Art. 72. Unidad de competencia territorial.

1. En ningún caso se reconocerá la competencia territorial de más de una oficina para entender del mismo documento o declaración, aun cuando comprenda dos o más actos o contratos sujetos al Impuesto. La oficina competente conforme a las reglas del artículo 70 liquidará todos los actos y contratos a que el documento se refiera, incluso los sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

(...)

3. Los documentos o declaraciones relativos a extinción de usufructos, o los que tengan por objeto hacer constar el cumplimiento de condiciones, se presentarán en la misma oficina que hubiese conocido de los actos o documentos en que se constituyeron o establecieron.

---

Art. 70. Competencia territorial.

1. Los documentos o declaraciones se presentarán en las siguientes oficinas:

a) En los supuestos de adquisición de bienes y derechos por causa de muerte, en la correspondiente al territorio donde el causante hubiese tenido su residencia habitual.

(...)

Todos los documentos o declaraciones relativos a una misma sucesión habrán de presentarse en la oficina competente a que se refieren los dos párrafos anteriores.

---

En base a lo anterior, y considerando que la consolidación se hace en la misma escritura que la herencia, se habría de liquidar en Asturias (entiendo que el punto 3 del primer artículo puesto se refiere para el caso de que el documento sólo se refiera a la extinción del condominio.

#3

Re: Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo

La teoría es muy bonita, pero en la práctica, en Asturias no pueden liquidar la extinción del usufructo, o al menos no de primeras, tendrían que pedir el expediente original, liquidarlo y luego encima remitirles el rendimiento del impuesto.
Vamos, que se presenta todo en Asturias, pero estos la dejarán estar o remitirán la consolidación de dominio a Castilla y León, lo que no van a hacer es liquidarla ellos.
Por otra parte, yo he visto presentar cada cosa en su sitio y no pasa nada, al revés, te lo agradecerían. El tema ese de la competencia territorial a veces es muy confuso la verdad

Un saludo

#4

Re: Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo

muchas gracias a todos. buenos dias

#5

Re: Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo

Osea, que presentarías el documento en dos oficinas diferentes, ¿No?

#6

Re: Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo

Pues depende, pero sí, en la práctica se podría presentar la sucesión en Asturias y realizar una segunda presentación-declaración para la consolidación de dominio en CyL, con eso te quedarías totalmente tranquilo y nadie te podría reprochar nada.

Un saludo

#7

Re: Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo

he encontrado esto en relación a la consulta: el artículo 72.3 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por Real Decreto 1629/1991, dispone que "Los documentos o declaraciones relativos a extinción de usufructos, o los que tengan por objeto hacer constar el cumplimiento de condiciones, se presentarán en la misma oficina que hubiese conocido de los actos o documentos en que se constituyeron o establecieron".
¿en base a esto entiendo que se tendria que presentar en la Of. liquidadora de CyL?. ¿como lo entendeis vosotros?

#8

Re: Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo

Eso ya lo ví yo, el comentario 3 de Leopol explica muy bien el problema, lo bonito que quedan las cosas sobre el papel y cómo debe hacerse en la realidad.

#9

Re: Imp.Sucesiones-Consolidacion Dominio por Extincion de Usufructo

Pues por eso lo digo, ambos preceptos se contradicen, por un lado te dice que una sóla oficina es competente para liquidar todo, y por otro, que presentes la extinción del usufructo en la de origen. El problema es que ni en las oficinas liquidadoras lo tienen muy claro.
Yo como ya he dicho, lo presentaría en los dos sitios y lo dejaría expresado o incluso adjuntaría copias de las dos presentaciones en ambas oficinas para que no quedara ninguna duda.

Un saludo