Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Duda sobre compensación de pérdidas patrimoniales.

2 respuestas
Duda sobre compensación de pérdidas patrimoniales.
Duda sobre compensación de pérdidas patrimoniales.
#1

Duda sobre compensación de pérdidas patrimoniales.

Buenos días.

En la declaración del IRPF de 2011, declaré pérdidas patrimoniales en activos financieros (CFDs).

Por lo tanto, 2015 sería el último año para compensar esas pérdidas, ya me había hecho a la idea de que no podría compensarlas porque hace tiempo que no tengo ningún tipo de actividad económica de este tipo, que pudiera generar ganancias patrimoniales.

Pero es probable que este año tenga ganancias patrimoniales, por un exceso de adjudicación en una extinción de condominio, al vender la mitad de un inmueble adquirida por la herencia de mi padre, recientemente fallecido.

Al ser de distinto origen pensaba que no podrían compensarse, pero alguien me ha hablado que con la reforma fiscal en 2015 si se podrían compensar ya que no se distingue el origen, yo creo que lo que ha cambiado es que se pueden compensar activos de más o menos de un año por igual, pero no es posible compensar pérdidas por activos financieros con ganancias por una extinción de condominio que supongo que sería equiparable a una venta de inmueble.

Si alguien puede echarme una mano sobre este tema le estaría muy agradecido.

Muchas gracias un saludo.

#2

Re: Duda sobre compensación de pérdidas patrimoniales.

En mi opinión, sí que podrías compensar las pérdidas pendientes del año 2011 con una previsible ganancia del año 2015 generada por una extinción de condominio.

Tanto la ganancia como la pérdida, son derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales.

Saludos.

#3

Re: Duda sobre compensación de pérdidas patrimoniales.

Muchas gracias, si al final se confirma que puede hacerse la compensación en la Declaración del IRPF del 2015 sería una gran noticia.