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Impuesto sucesiones nivel parvulitos - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

10 respuestas
Impuesto sucesiones nivel parvulitos - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Impuesto sucesiones nivel parvulitos - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
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#9

Re: Impuesto sucesiones nivel parvulitos - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Voy a hablarte un poco de los siguientes pasos:

Una vez hecha la declaración de herederos puedes:

a) Realizar la aceptación y adjudicación de la herencia ante el notario (yo la aconsejo) por la cual ya los bienes quedan repartidos entre los herederos y se sabe qué corresponde a quién y, en base a esta, liquidar ISD.

b) Con base a la declaración de herederos y basándonos en que el Código Civil establece que tu hermano y tu sois herederos a partes iguales y tu madre tiene derecho al usufructo vitalicio de la herencia (el 1/3 que has citado) puedes liquidar el ISD en base a esto. No lo aconsejo porque los bienes son de todos y de ninguno a la vez, pues cada uno tendría un parte en cada uno de ellos (un proindiviso).

¿Tienes pensado hacer lo primero o lo segundo? Obviamente lo primero cuesta un poco más, pero para mi gusto es muchísimo mejor y no te vas a tener que molestar tanto, pero al final decides tu.

Por otra parte entiendo que la incapacidad de tu hermano no implica que es un incapaz y que no hay tutores de por medio.

#10

Re: Impuesto sucesiones nivel parvulitos - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

No,no, no está incapacitado ni hay tutores. Por lo que he entendido la incapacidad solo influye en que se le reduce el ISD que le correspondiera pagar.
Te agradezco tu explicación, no sabía que existía la opción b). Realmente nos dá igual una opción u otra porque en la práctica sí que todos los bienes van a ser "de todos y de ninguno", por eso yo elegiría aquella en la que más se redujera el ISD global .

#11

Re: Impuesto sucesiones nivel parvulitos - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Lo de tu hermano lo decía porque si cuenta con protección judicial ya es más lioso y no sabría responder cómo actuar en su caso. Y efectivamente, la minusvalía le va a reducir lo que tiene que pagar él, pero le afecta sólo a él, vosotros no os beneficiáis de ello en nada.

Al final va a salir igual se haga de una forma o de otra, habrá tres autoliquidaciones por los mismos importes en ambos casos; el problema viene del lado de que, si queréis luego vender el piso (que suele ser lo más problemático), vais a tener que hacer la aceptación y adjudicación de la herencia, y si tenéis prisa va a ser peor porque siempre suele coincidir que no se tiene liquidez, por eso siempre aconsejo hacer la aceptación y adjudicación de la herencia y liquidar al menos, y si ya inscribes sería inmejorable.

En resumen, yo aconsejo hacer la aceptación y adjudicación para que luego no haya problemas.