Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Fondos de inversión y cobro de pensión ¿Obligado a declarar?

2 respuestas
Fondos de inversión y cobro de pensión ¿Obligado a declarar?
Fondos de inversión y cobro de pensión ¿Obligado a declarar?
#1

Fondos de inversión y cobro de pensión ¿Obligado a declarar?

Mi abuela cobra una pensión de 1000 euros al mes (14.000 euros/año). Tiene unos fondos de inversión y los quiere vender. El beneficio de los mismos es de 800 euros. Con la nueva reforma fiscal, ¿está obligada a hacer la declaración?

Con la anterior ley se declaraba como ganancia patrimonial y me dicen que sí estaba obligada, pero ¿y ahora?.

Muchas gracias.

#2

Re: Fondos de inversión y cobro de pensión ¿Obligado a declarar?

Se supone que cuando hablas de la anterior ley, te estás refiriendo a la que se encuentra vigente hasta fin de año.

Con la ley que está vigente y en el caso que expones, tu abuela no estaría obligada a presentar declaración porque tiene rendimientos de trabajo personal que no superan los 22.000 euros y obtiene ganancias patrimoniales sujetas a retención no superiores a 1.600 euros.

La próxima ley, no creo que cambie significativamente las obligaciones de presentación de la declaración.

Saludos.

#3

Re: Fondos de inversión y cobro de pensión ¿Obligado a declarar?

Buenos dias Empty,
Necesito que me ayudes tres dudas que tengo relativas a la reforma fiscal prevista para 2015. Ahi va la primera relativa a la reforma fiscal en planes de pensiones.
A partir de 2015, independientemente de la edad del partícipe el importe máximo que puede DEDUCIRSE es 8000 euros. Pero, ¿y el importe máximo a APORTAR? Hasta ahora, el partícipe podía aportar 10.000 euros o 12.500 euros, y si hubiera aportado un importe mayor tenía la obligación de retirarlo antes del 30 de Junio. Mi pregunta es si el partícipe puede seguir aportando 10.000 o 12.500 aunque pueda solo deducirse 8.000 euros.
Muchas gracias por anticipado. Un saludo,
Clara

Guía Básica