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Pension extranjero

6 respuestas
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#1

Pension extranjero

Una persona española retornada y residente en España pero con pensión del extranjero-Suiza-, recibe un requerimiento de Hacienda para que se ponga en orden respecto a las pensiones recibidas del extrajero; dicha persona recibe una pensión de Suiza, y en un certificado del departamenteo Federal de Finanzas de Suiza se acredita; Datos acerca de la Invalidez: Grado de Invalidez del derechohabiente; 100%. ¿con este certificado de la invalidez de Suiza, el residente en españa debe de pagar algo o bien estara totalmente exento de pagar algo de IRPF? ( asimismo ls esposa tiene un grado de invalidez de 69%). ¿Se tendria que hacer un escrito acredirtando a hacienda las circunstancias de las invalideces de ambos?. Gracias

#2

Re: Pension extranjero

Si mal no tengo entendido los certificados de invalidez extranjeros no tienen reconocimiento en España, has de pasar un Tribunal médico aquí para que te den otro (Es gratuito), pásate por tu centro de atención primaria más cercano para preguntar por los servicios sociales, allí te indicarán los trámites a seguir para pasar el Tribunal.

Y respecto a si la renta está exenta... El art. 7 f) dice que están exentas "Las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez", lo que no tengo nada claro es que lo de Suiza se considere que lo sustituye.

#3

Re: Pension extranjero

Hola de nuevo Kyrie lomthe; creo que tengo reconocida una invalidez de suiza del 100% por lo que sera comparable a una Invalidez Absoluta de España; ahora me preocupa otra cosa; he recibido, el dia 15-07-2014, una notificación de Resolución con Liquidación Provisional del año 2009 (en cuyas alegaciones por error no formule y acepte expresamente), ahora al ver que posiblemente las rentas estan exentas quiero presentar recurso de reposición contra la liquidación provisional; ¿puedo aun presentar dicho recurso y no pagar?, ¿estaria dentro de plazo ya que la recibi el 15-07-2014?. O bien tengo que pagar sin remedio y posteriormente hacer el recurso. Estoy muy apurado por que creo que los plazos se me agotan. Muchas gracias por todo.

#4

Re: Pension extranjero

El pago y el recurso van por distintas vías. Por tanto, aunque recurras tendrás que pagar si quieres evitar recargos y, en el caso de que no pagues, no pierdes el derecho a recurrir.
Para tu recurso, te conviene ver lo que dice Hacienda. Mira esto:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0128053

#5

Re: Pension extranjero

Muchas gracias Juan St, o sea que de todas formas tengo que pagar?, otra cosa, como he recibido las notificaciones de liquidacion provisional el dia 15-07 tengo hasta el dia 15-08 para recurrir?. gracias de nuevo

#6

Re: Pension extranjero

Empezando por el final, sí tendrías hasta el 15-8. Pero como es festivo, para evitar problemas con el cómputo de fechas, es mejor que lo tramites como mucho el 14-8.
No es que de todas formas tienes que pagar, es que si pagas y luego ganas el recurso te devolverámn lo pagado. Pero si no pagas, el procedimiento de cobro continúa y te puede salir caro por recargos, etc. Sobre todo te saldría muy caro si finalmente no ganas el recurso, cosa que no sería rara dado que, según dices, aceptaste expresamente su propuesta.
En resumen, que hay que hilar muy fino porque, aunque tengas razón, podrías perderlo por los errores formales cometidos. Casi, casi te recomendaría previamente acudir a tu Oficina de Hacienda con el justificante del 100% de invalidez y preguntar cómo lo puedes arreglar.

#7

Re: Pension extranjero

Muchas Gracias a todos por vuestras respuestas y vuestro interes. Saludos