Acceder

IRPF e IVA por venta de software en el extranjero

1 respuesta
IRPF e IVA por venta de software en el extranjero
IRPF e IVA por venta de software en el extranjero
#1

IRPF e IVA por venta de software en el extranjero

Buenos días a todos,

en breve iniciaré una actividad online y tengo una duda de como aplicar el IRPF e IVA.

En mi web ofreceré un servicio online y será de pago por uso, donde no existirá ningún producto físico a enviar.
El servidor de alojamiento de la web está en USA, aunque yo facturo desde aquí como autónomo.
Por aclarar, el servicio ofrecido es totalmente automático y no requiere ningún tipo de acción por mi parte.
El usuario sube un fichero, introduce unos parámetros y el sistema le devuelve un conjunto de ficheros.
En ningún caso participo yo personalmente.

Las preguntas son:
1. Para usuarios fuera de España, les he de aplicar IVA? (yo diría que no).
2. Para usuarios fuera de España, les he de aplicar IRPF? (yo diría que no).

De hecho, me gustaría rellenar la siguiente tabla:
IVA? IRPF?
España (peninsula): 21% | -21%
Canarias: 0 | 0
Fuera de España: 0 | 0

Muchas gracias por adelantado!!
Jordi

#2

Re: IRPF e IVA por venta de software en el extranjero

Para el tema de IRPF ¿estás dado de alta o te vas a dar de alta en un epígrafe profesional? Ya que si tu epígrafe es empresarial no tienes que retener irpf en factura (españa).

Por otro lado, sobre el IVA y servicios vía electrónica.

Dependerá del tipo de cliente y ubicación. A priori:

Destino España peninsular y Baleares:
Si es profesional, empresa o particular ubicado en España peninsular y Baleares : factura con IVA

Destino Canarias, Ceuta o Melilla:
Si es Empresa o profesional: factura exenta de IVA
Si es particular: factura con IVA

Destino Estado miembro de la UE:
Si es Empresa o Profesional dado de alta como operador intracomunitario ( buscar: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/ZZ09.shtml ): no es aplicable el IVA. Aunque tu también tendrías que estar como operador intracomunitario... De lo contrario, si llevaría IVA español.
Si es particular: factura con IVA español

Destino fuera de la UE:
Factura exenta IVA

Hace años en la web de la AEAT había una cuadro resumen sobre el IVA y los servicios electrónicos.. Lo he buscado, pero no lo encuentro ¬¬ Ya que estaba muy bien porque había todas las posibles situaciones...

si vas a realizar operaciones con estados de la UE, tendrías que darte de alta en el ROI (registro de operadores intracomunitarios) Y , salvo que a fecha de hoy haya cambiado la cosa, esta alta no es instantánea (incluso puede tardar bastante)y tampoco está libre de una previa comprobación rutinaria por el inspector de turno. Que si te llaman, no te asustes =0 si no tienes nada que esconder, claro jeje