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Liquidación Provisional Hacienda

4 respuestas
Liquidación Provisional Hacienda
Liquidación Provisional Hacienda
#1

Liquidación Provisional Hacienda

Hola, he recibido la liquidación provisional de Hacienda correspondiente al IRPF de 2012 y me notifican que hice la deducción por ascendiente erróneamente ya que la madre de mi esposa se encuentra empadronada en un domicilio distinto al mío y por lo tanto no procede tal deducción. Confirmé mi declaración por Internet, me devolvieron 1450€ y ahora me reclaman 1.200. Resulta que mi suegra está incapacitada judicialmente por padecer demencia y Parkinson de manera irreversible, siendo mi mujer la tutora legal. Está ingresada en una residencia para este tipo de enfermos, cobra unos 600 euros mensuales (380 del SOVI y 220 de viudedad), cantidades que no incluí en mi declaración. La deducción que me aplicaron es la de una persona mayor de 65 años y con una minusvalía superior al 33% pero menor del 65 %. Me personé en hacienda, rellené el impreso de alegaciones y aporté la sentencia judicial de incapacitación.
Fue correcto incluir a mi suegra en su estado en mi declaración?. Podría hacienda hacer una nueva liquidación haciendo las deducciones correctas (acredito un grado de minusvalía igual o superior al 65% y necesitar la ayuda de terceras personas). Y en concepto de gastos de asistencia, me aplicarían la deducción también de los 2.316 euros anuales que la ley permite. En esta situación está desde el año 2009, podrían modificar las declaraciones de años anteriores, 2009, 2010 y 2011?.
Es declarable como ingreso la cantidad que cobra del SOVI por una minusvalía igual o superior a 33% pero menor del 65%. Si me sale a devolver más dinero del que me dieron, me lo notificarán. MUCHAS GRACIAS

#2

Re: Liquidación Provisional Hacienda

Si tu suegra, tiene más de 65 y menor de 75 años, te corresponde un mínimo por ascendiente de 918 euros.

Si tu suegra acredita un grado de minusvalía igual o superior al 65%, te corresponde un mínimo por discapacidad de 7.038 euros.

Si tu suegra acredita necesitar ayuda de terceras personas, tienes que sumar al anterior mínimo por discapacidad 2.316 euros.

Siempre que los ingresos de tu suegra no superen los 8.000 euros y no haya presentado declaración de IRPF. Y conviva con vosotros o en un centro especializado.

Puedes reclamar por las declaraciones de los años 2010 y siguientes. La del 2009 está prescrita desde 01.07.14.

Saludos.

#3

Re: Liquidación Provisional Hacienda

Gracias por la respuesta. Pero quisiera saber si como he dicho en mi anterior consulta hacienda me ha hecho la liquidación provisional del año 2012 y no estaban incluidos los conceptos que me dices, ellos lo hacen o lo tengo que reclamar yo?. Y la pensión del SOVI (es por minusvalía de un 33% y menor del 65%), está exenta de declarar?.
Gracias.

#4

Re: Liquidación Provisional Hacienda

Tienes que reclamar tu, porque al parecer no te han aplicado los mínimos correctos por ascendientes y discapacidad según deduzco de tu comentario. Solamente la han aplicado una discapacidad entre el 33% y el 65% de importe 2.316 euros.

Y según afirmas, tu suegra tiene un mínimo por discapacidad mayor que tendrás que acreditar.

Dices que la pensión del SOVI es por una minusvalía entre el 33% y el 65%. Por tanto no estaría exenta de acuerdo con la normativa:

Artículo 7 Rentas exentas

Estarán exentas las siguientes rentas:
(...)

f) Las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

Fuente: Ley Impuesto Renta Persona Físicas.

Saludos.

#5

Re: Liquidación Provisional Hacienda

Gracias por tu información.

Saludos