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Renta 2012 inclusión ingresos empleada de hogar

1 respuesta
Renta 2012 inclusión ingresos empleada de hogar
Renta 2012 inclusión ingresos empleada de hogar
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Renta 2012 inclusión ingresos empleada de hogar

Hola,tengo una duda.En el año 2012 se confirmó el borrador de Hacienda de la declaración de la renta del 2012. En él aparecía la cotización a la seguridad social en el régimen del hogar efectuado durante ese año, sin embargo, en el borrador no hacía mención alguna de que incluyéramos los ingresos como empleada de hogar. Se confirmó el borrador con un resultado a pagar. Ahora, a la hora de hacer la de este año 2013, sí que nos advierten en el borrador sobre la inclusión de los ingresos que tuviéramos como empleada de hogar y dicho borrador ha sido elaborado como no confirmable. Me planteo si hacerle una nueva declaración de la renta del año 2012, incluyendo los ingresos no declarados como empleada de hogar,a pesar de que Hacienda no ha remitido nada, pero en este caso, sin haber requerimiento previo por parte de la Administración, ¿llevará alguna sanción, recargo, etc, por parte de Hacienda? ¿Es preferible esperar a que nos lo requiera la administración, llegado el caso? Sé, por otro lado, que en ese año 2012, fue cuando también cambió la forma de cotización del régimen del hogar, por lo que, puede ser que no se advirtiera como sí se está haciendo en la de este año. Espero vuestra ayuda,muchas gracias.

#2

Re: Renta 2012 inclusión ingresos empleada de hogar

Ya sabemos que el hecho de que un rendimiento no aparezca en el borrador no significa que no haya que incluirlo, ultimamente lo recuerdan más con lo de las empleadas de hogar y las pensiones en el extranjero, pero no hay obligación de recordarlo.
Los ingresos recibidos como empleada de hogar no van a venir de momento en el borrador ya que no se obliga al pagador a comunicarlo, pero si comunica la SS las cotizaciones. Si en el 2012 aparecían, la AEAT ya sabe que algo hay y es cuestión de tiempo que lo requiera, cuando lo haga vendrá con sanción. Si os adelantáis, sólo llevará recargo extemporáneo e intereses de demora, es preferible a la otra opción.

Un saludo