Acceder

Retenciones de depósitos

6 respuestas
Retenciones de depósitos
Retenciones de depósitos
#1

Retenciones de depósitos

Hola, tengo una duda y quizás sea una tontería, pero a ver si me la resolveis. Mi mujer y yo hacemos la declaración de la renta individual. Yo no suelo llegar al mínimo para hacerla y la hago si me devuelven. Este año me tocaba pagar y no la hice. Mi mujer si llega al mínimo y normalmente le toca pagar. Tenemos unos intereses anuales por depósitos bancarios de aproximadamente 1300€. Los depósitos estan en varias entidades y unos están a mí como único titular y otros estamos los dos. Aquí viene mi duda, si sería más ventajoso poner los depósitos solo a mi nombre y la retención del 21% de los intereses me los ahorraría si me sale la declaración a pagar o daría igual? No sé si me he explicado bien.

#2

Re: Retenciones de depósitos

Lo aconsejable es que los depósitos figuren a nombre de quien sea el dinero, que luego puede haber problemas, se quieren poner bien y surgen otros problemas mayores.

Un saludo.

#3

Re: Retenciones de depósitos

Si pones los depósitos a tu nombre y te sale a pagar, al no presentarla, lo que pasa es precisamente lo contrario, pierdes la retención ya que no la puedes recuperar. Tendrías que hacer un estudio previo a ver a quién le salen mas ventajosos tenerlos de titular, pero como no creo que hablemos de cantidades estratosféricas de ahorro, no creo que merezca la pena complicarse, dejad el dinero donde tiene que estar y a nombre de su dueño y os evitareis complicaciones futuras

Un saludo

#4

Re: Retenciones de depósitos

Aparte, en el momento en que tus rendimientos de capital mobiliario superen los 1.600 se acabó lo de optar o no por declarar, estás obligado si o si

Un saludo

#5

Re: Retenciones de depósitos

En nuestro matrimonio tenemos el régimen de bienes gananciales. Por eso digo que es lo mismo a que nombre esté el dinero.

#6

Re: Retenciones de depósitos

A tus efectos te da igual, pero no es exactamente lo mismo, por lo menos a nivel fiscal. La AEAT imputa por defecto los rendimientos al titular de las cuentas, da igual el régimen matrimonial, si te requieren porque no coincide con lo que pones te toca a ti demostrarles que ese dinero es de los dos y que el rendimiento es de los dos. Si está a nombre de ambos, no hay discrepancia ni nada que justificar, de ahí que insistamos en que aparezcan todos los dueños y ni uno más.

Un saludo

#7

Re: Retenciones de depósitos

Lo que no puedes hacer es optar por imputar a uno u otro los rendimientos según te parezca, si como dices el dinero es ganancial, el rendimiento se imputa por mitades tenga uno o dos titulares la cuenta de donde provenga.
Aprovecho para comentar que la imputación de rendimientos a nivel fiscal no es la misma que a nivel civil, por ejemplo, el rendimiento del trabajo de uno de los cónyuges se considera ganancial y sin embargo se imputa solo al que lo recibe en la renta, lo mismo con los rendimientos de un dinero privativo, a nivel civil se considera ganancial, sin embargo a nivel fiscal se imputa sólo al titular de la cuenta o depósito de procedencia.

Un saludo

Guía Básica