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Confirmar o modificar según el caso y presentar borrador de terceras personas con certificado digital

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Confirmar o modificar según el caso y presentar borrador de terceras personas con certificado digital
Confirmar o modificar según el caso y presentar borrador de terceras personas con certificado digital
#1

Confirmar o modificar según el caso y presentar borrador de terceras personas con certificado digital

He presentado ya varias declaraciones de la renta confeccionadas con el programa, pues al ser autónomos ( mis clientes ) hacienda no les facilitó el borrador, como ocurre logicamente con estos casos, unicamente sus datos fiscales.

Al presentarlas con mi certificado digital, como sucede con cualquier otro modelo de hacienda, aparecen en presentador mis datos personales y que se ha realizado el trámite en calidad de colaborador.

Mi duda es si caso de tener que presentar un borrador ( ya sea tras haberlo modificado o bien no siendo necesario por ser correcto ), podría llevarlo a cabo con mi certificado digital.Sé que se puede hacer con número de referencia ( de la misma forma que se obtiene el borrador ) cuándo es a devolver ( he hecho alguno que otro, este año uno ).¿ Se podría hacer la presentación con certificado digital cuándo es a devolver y el borrador es de una tercera persona ?

Cuándo el borrador tiene por resultado una cantidad a ingresar, ya se opte por el adeudo en cuenta o por la domiciliación en cuenta ( límite hasta el día 25 de junio ) ¿ puede hacerse la presentación con un certificado digital cuándo se trata del borrador de una tercera persona ?

Recalco en ambas preguntas lo de tercera persona, por que si se que se permite la presentación con certificado, lo que no se es si se puede operar de la misma forma que cuándo se presenta una declaración confeccionada con el programa.

Aún me quedan algunas declaraciones por hacer, pero veo que me va a sobrar tiempo y de ahí la posibilidad de encargarme de hacer declaraciones de otras personas.

Gracias.Saludos.

#2

Re: Confirmar o modificar según el caso y presentar borrador de terceras personas con certificado digital

En el caso de colaboradores externos no estoy seguro, pero en otros colaboradores como las CCAA o registros, no existe diferencia entre borrador o padre, se presentan igual con el certificado digital del funcionario, da igual que sea a ingresar que a devolver, supongo que en tu caso será exactamente igual, no tendría sentido que fuera distinto ya que el borrador y el padre son dos procedimientos para llegar a l mismo sitio, presentar la declaración de la renta.

Un saludo