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Deducción de gastos por defensa jurídica contra el empleador.

1 respuesta
Deducción de gastos por defensa jurídica contra el empleador.
Deducción de gastos por defensa jurídica contra el empleador.
#1

Deducción de gastos por defensa jurídica contra el empleador.

Saludos a todos.
El pasado 2013 y estando en situación de cobro de la prestación por desempleo para mayores de 52 años, se me concedió por sentencia judicial la incapacidad permanente absoluta. Mi pregunta es: puedo considerar al INSS como mi empleador y por tanto deducirme los gastos de defensa jurídica para conseguir la declaración de incapacidad?.

Muchas gracias por la ayuda.

#2

Re: Deducción de gastos por defensa jurídica contra el empleador.

Buenas tardes, 

En la casilla 013 se incluyen los "Gastos de defensa jurídica". Concretamente, se especifica que 
Estos gastos sólo serán deducibles cuando se deriven directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona o entidad de la que percibe los rendimientos del trabajo y con el límite máximo de 300 euros anuales.

Por tanto, si se considera que el INSS es la entidad de la que percibes los rendimientos del trabajo que incluye pensiones y otras prestaciones parece lógico que puedas deducírtelo. 

Saludos.