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Compensar pérdidas patrimoniales

11 respuestas
Compensar pérdidas patrimoniales
Compensar pérdidas patrimoniales
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#9

Re: Compensar pérdidas patrimoniales

Buenos días Lunático y mil gracias una vez más, veo que por lo menos la metida de pata que hice no fue tan grave, ahora esto ya lo tengo más claro, me queda la duda de si las cantidades que me han resultado de tú cálculo;
Ejercicio 2010.... Pendiente de compensar 521,67 euros
Ejercicio 2011.... Pendiente de compensar 213,32 euros
Si estas cantidades no las he incluido en el ejercicio 2.013, pues solo tengo 39,41 € de ganancias patrimoniales de más de 2 años,( casilla 368), las demás ganancias en ejercicio 2.013 eran de menos de un año,( tengo 719,21 en la casilla 361 ) por lo tanto (supongo que habré hecho mal también) he optado por confirmar el borrador sin incluir ninguna de estas cantidades, por favor quisiera saber si estas cantidades las puedo incluir en el ejercicio 2.014 aunque en el 2013 no las haya incluido, y por favor me puedes decir si las dos cantidades.
Saludos.

#10

Re: Compensar pérdidas patrimoniales

Las cantidades pendientes de compensar del 2010 y 2011 son las descritas , veras que su suma de 734,99 es precisamente la ultima cifra de la Casilla 445 del 2012, solo que corresponden a dos ejercicios en estas cantidades.

Ahora estas diciendo que confirmaste el Borrador sin incluir ganancias del 2013 que tenían como resultado un positivo de 39.41 en menos de mas del año y de 719,21 de menos del año.

Si esto es cierto, esta vez si has cometido una infracción con perjuicio de la AEAT , así que debes de inmediato cumplimentar una complementaria del 2013 , donde se incluyan estas plusvalías . Con el PADRE confeccionas una declaración idéntica al Borrador presentado e incluyes estas plusvalías , donde puede compensar en la 369 los 39,41 , quedando por tanto pendiente del 2010 la cantidad de 482,26.

Cumplimentas las casillas 122 y marcar apartado "c" si no te han devuelto lo solicitado en el Borrador.

No se puede ocultar información a la Hacienda, y además con el conocimiento que esta tiene, de las ventas de tus acciones , según veras en tus "Datos Fiscales".

Saludos

#11

Re: Compensar pérdidas patrimoniales

Hola Lunático, no me entendiste, lo que no declare son las pérdidas, las ganancias sí.

Por favor quisiera saber si estas cantidades de pérdidas de 2010 y 2011,

Ejercicio 2010.... Pendiente de compensar 521,67 euros
Ejercicio 2011.... Pendiente de compensar 213,32 euros

las puedo incluir en el ejercicio 2.014 aunque en el 2013 no las haya incluido, y por favor me puedes decir si las dos cantidades.
gracias.

#12

Re: Compensar pérdidas patrimoniales

Bien , la cantidad del 2010 tienes el 2014 ultimo ejercicio donde poder compensarla y la del 2011 hasta el 2015 , siempre que en la Casilla 368 tengas plusvalías netas y hasta el limite de esta cantidad de la 368 , poniendo el pendiente compensado en la 369.

Primero se compensa el ejercicio mas antiguo , ya que sino te prescribe como te ocurre en el 2014 con las del 2010.

Saludos

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